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Documento BOE-J-2026-413846

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 9 de julio de 2026 en procedimiento concursal número 195/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 170, de 14 de julio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2026-413846

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Castelló de la Plana/Castellón de la Plana. Plaza nº 1

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621447

Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 195/2023

NIG: 1204066120230000205

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 27/11/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 días

DESTINATARIOS

Interesados y acreedores en el procedimiento concursal CONCURSO ABREVIADO [CNA] número 000195/2023, referente al deudor JOSE MANUEL AMELA GARCIA, con NIF 18895023V.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrado de la Administración de Justicia: D./Dª.VICTOR MARTIN GALLEGO GUILLEN

Que en el procedimiento concursal número 195/2023 en el que figura como concursado D. JOSE MANUEL AMELA GARCIA, con NIF 18895023V, se ha dictado el 27/11/2025 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones.

La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y de disposición del deudor y el cese de la administración concursal.

Así mismo, se ha concedido al/a la deudor/a el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho. No se exonera el crédito insatisfecho titularidad de la Comunidad de Propietarios.

Contra este auto no cabe recurso alguno, salvo en la parte denegatoria que tan sólo será susceptible de recurso de reposición.

Castelló de la Plana, 9 de julio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, VICTOR MARTIN GALLEGO GUILLEN

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