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Documento BOE-J-2026-409533

JEREZ DE LA FRONTERA. Edicto de 6 de julio de 2026 en procedimiento civil número 1466/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 167, de 10 de julio de 2026
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN CIVIL/JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - CÁDIZ
Referencia:
BOE-J-2026-409533

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección Civil del Tribunal de Instancia de Jerez de la Frontera. Plaza nº 4

Dirección: Avenida TOMAS GARCIA FIGUERAS 14

Localidad: Jerez de la Frontera

Código Postal: 11407

Provincia: Cádiz

Teléfono: 956104069

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.4.Jerez.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1466/2025

NIG: 1102042120250010019

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 28/10/2025

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento

DESTINATARIOS

DOMENICA BRUNO - NIF/NIE: ****4988*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justiciaencanarias.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO JUDICIAL

Autoridad que ordena emplazar:Letrado de la Administración de Justicia Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Jerez de la Frontera

Asunto en el que se acuerda: El procedimiento arriba referenciado.

Persona a la que se emplaza: DOMENICA PINTO, en concepto de parte demandada. Domicilio: AVENIDA RAFAEL VERDU, 11 - PORT.3 RES.OL

11405- JEREZ DE LA FRONTERA

Objeto del emplazamiento: Comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se adjunta copia de la demanda, de los documentos acompañados y de la resolución de admisión de aquélla.

Tribunal ante el que debe comparecer: Ante este tribunal.

Plazo para comparecer y contestar: diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la entrega de esta cédula.

PREVENCIONES LEGALES

- Si no comparece dentro del plazo indicado, será declarado/a en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LEC-).

- Debe actuar en el proceso representado/a por procurador y defendido/a por letrado.

- Si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en el mismo plazo de tres días

- Si pretende solicitar la designación de abogado, procurador o ambos profesionales, deberá realizarlo en el plazo de tres días hábiles, desde que se le notifique la demanda.

- Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso, así como los cambios relativos a su teléfono, dirección de correo electrónico o similares, siempre que estos últimos se utilicen como instrumentos de comunicación con esta oficina judicial (art 155.3 de la LEC).

- De recibir este emplazamiento dos o más veces, tendrá eficacia a efectos procesales la primera fecha en que lo reciba (artículo 155.4 de la LEC).

En Jerez De La Frontera, en el día de la firma.

CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO JUDICIAL

Autoridad que ordena emplazar:Letrado de la Administración de Justicia Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Jerez de la Frontera

Asunto en el que se acuerda: El procedimiento arriba referenciado.

Persona a la que se emplaza: DOMENICA PINTO, en concepto de parte demandada. Domicilio: AVENIDA RAFAEL VERDU, 11 - PORT.3 RES.OL

11405- JEREZ DE LA FRONTERA

Objeto del emplazamiento: Comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se adjunta copia de la demanda, de los documentos acompañados y de la resolución de admisión de aquélla.

Tribunal ante el que debe comparecer: Ante este tribunal.

Plazo para comparecer y contestar: diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la entrega de esta cédula.

PREVENCIONES LEGALES

- Si no comparece dentro del plazo indicado, será declarado/a en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LEC-).

- Debe actuar en el proceso representado/a por procurador y defendido/a por letrado.

- Si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en el mismo plazo de tres días

- Si pretende solicitar la designación de abogado, procurador o ambos profesionales, deberá realizarlo en el plazo de tres días hábiles, desde que se le notifique la demanda.

- Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso, así como los cambios relativos a su teléfono, dirección de correo electrónico o similares, siempre que estos últimos se utilicen como instrumentos de comunicación con esta oficina judicial (art 155.3 de la LEC).

- De recibir este emplazamiento dos o más veces, tendrá eficacia a efectos procesales la primera fecha en que lo reciba (artículo 155.4 de la LEC).

En Jerez De La Frontera, en el día de la firma.

Jerez de la Frontera, 6 de julio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LOURDES HERNANDEZ LOPEZ

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