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Documento BOE-J-2026-403618

ALMERÍA. Edicto de 6 de julio de 2026 en procedimiento concursal número 70/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 166, de 9 de julio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2026-403618

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Almería. Plaza nº 1

Dirección: Carretera RONDA (DE) 120

Localidad: Almería

Código Postal: 04005

Provincia: Almería

Teléfono: 950809067

Correo electrónico: sec.mercantil.plazan1.ti.almeria.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 70/2026

NIG: 0401342120260002150

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 15/06/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Posibles interesados y o acreedores del concurso ordinario nº 70/2026.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

ACUERDO la conclusión del concurso de STUDIOS GLOCK 43X,S.L,    CIF B-16400855 y, en consecuencia:

1.- Ordeno el cierre provisional de la hoja abierta a STUDIOS GLOCK 43X,S.L,    CIF B-16400855 ,en el Registro Mercantil en el que figura inscrita. Al ser firme la presente resolución, procédase por el Letrado de la Administración de Justicia a expedir mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de la firmeza, que remitirá por medios electrónicos al registro correspondiente.

2.- Procédase a la publicación de la presente resolución en el Registro Público Concursal y, por medio de edicto, en el BOE (articulo 482 TRLC)

3.- Notifíquese la presente resolución, al concursado y a las demás partes personadas haciéndoles saber que es firme y no cabe recurso alguno (articulo 481 TRLC)

4.- Procédase al archivo definitivo de las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo, Frncisco José Dominguez Ureña, Magistrado de la Sección Mercantil del Tribunal de Instancia de Almería, Plaza número uno.

DILIGENCIA: Seguidamente se cumple lo ordenado, de lo que doy fe.

JUEZ LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Almería, 6 de julio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVID PEREZ MARTINEZ

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