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Documento BOE-J-2026-395808

HUELVA. Edicto de 1 de julio de 2026 en procedimiento concursal número 249/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 163, de 6 de julio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - HUELVA
Referencia:
BOE-J-2026-395808

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Huelva. Plaza nº 1

Dirección: Alameda SUNDHEIM 17

Localidad: Huelva

Código Postal: 21003

Provincia: Huelva

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 249/2026

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 29/06/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso sin masa referente a Mariscos Gambafish S.L.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Acordar la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de . MARISCOS GAMBAFISH, S.L., por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa.

Se acuerda la extinción de la sociedad MARISCOS GAMBAFISH, S.L. , debiendo procederse al cierre provisional de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Huelva.

Transcurrido un año sin la reapertura del concurso, se procederá al cierre definitivo de la hoja registral y a la cancelación de la inscripción.

Líbrese el correspondiente mandamiento con el testimonio de esta resolución.

Contra esta resolución no cabe recurso    (481 TRLC).

Así lo acuerda, manda y firma la Ilma. Sra. Doña    Josefina Oña Martín Magistrada-Juez titular del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Huelva.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.

JUEZA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Huelva, 1 de julio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA CAMACHO BELTRAN

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