Contido non dispoñible en galego
Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Oviedo. Plaza nº 4
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Concursal
Número: 50/2026
NIG: 3304447120260000081
Auto
Fecha: 12/05/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Reconozco a doña Susana Suárez del Canto con DNI nº 71.779.445-X la exoneración del pasivo insatisfecho.
Declaro exonerados los siguientes créditos:
• Acreedor: TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, SA. Cuantía: 1.270´05€. Calificación: ordinario. -Exoneración íntegra.
• Acreedor: UNICAJA BANCO, SA. Cuantía: 354€. Calificación: ordinario. -Exoneración íntegra.
• Acreedor: UNICAJA BANCO, SA. Cuantía: 3.054€. Calificación: ordinario.
• Acreedor: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Cuantía: 12.071´66 euros. Calificación: crédito con privilegio general: 4.768´25 euros + crédito ordinario: 4.768´26 euros + crédito subordinado: 2.535´15 euros. -Exoneración: la exoneración lo será por la cifra de 9.803´40 euros, quedando sin exonerar 2.268´26 euros. Respecto de la parte de la deuda que no es exonerable, 2.268´26 euros, la TGSS conservará sus acciones contra el deudor y podrá extrajudicial. promover la ejecución judicial o extrajudicial.
El pasivo no satisfecho se debe considerar extinguido, sin perjuicio del régimen de revocación previsto en el artículo 493 del TRLC.
Declaro la conclusión del presente Concurso de Acreedores en el que figuran como concursada doña Susana Suárez del Canto, al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos realizables con los que poder afrontar las deudas de la concursada, cesando respecto de la misma todos los efectos de la declaración del concurso. Cesan las limitaciones que pudieran existir sobre las facultades de administración y disposición. La conclusión del Concurso no obstará a su reapertura, que será declarada por este Juzgado en el caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad de los concursados.
Oviedo, 15 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ANGELES QUINTAS ALVAREZ
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