Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña. Plaza nº 2
Dirección: Plaza Juez Elío (Del) S/N
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31011
Provincia: Navarra
Teléfono: 848426823
Correo electrónico: juzgado.mercantil2@navarra.es
Concursal
Número: 306/2026
NIG: 3120147120260000390
Auto
Fecha: 27/04/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Todos los acreedores y demás personas interesadas en el concurso
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
EL Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña. Plaza nº 2 DE Pamplona/Iruña
A N U N C I A
1º.- Que en el Procedimiento concursal CONCUSO VOLUNTARIO número 0000306/2026, con NIG 3120147120260000390 referente a la concursada Dª SANDRA DE FIGUEIREDO FERNANDES BOLAS, con NIE X5227248S, casada en régimen de ganancias, no empresaria, domicilio en CASTEJÓN –NAVARRA- con fecha de presentación de la solicitud 7 de abril del 2026 a las 11:56 horas, se ha presentado en el Servicio de Registro y Reparto de Pamplona, enviado a esta Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona, Plaza nº 2 en fecha7 de abril del 2026, a las 12:44 horas, por auto de fecha 27 de abril del 2026 se ha acordado la declaración del concurso de acreedores voluntario que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la Sección 4ª del Capítulo V del Libro Primero del Texto Refundido de la Ley Concursal reformado por Ley 16/2022, de 5 de septiembre, cuya parte dispositiva dice así:PARTE DISPOSITIVASe declara la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer de la solicitud de concurso presentada por la Procuradora Dª Victoria Arias Cortes en nombre y representtación de la deudora Dª SANDRA DE FIGUEIREDO FERNANDES BOLAS, con NIE X5227248S, casada en régimen de ganancias, no empresaria, domicilio en CASTEJÓN –NAVARRA-
2. Se declara el concurso de acreedores voluntario de Dª SANDRA DE FIGUEIREDO FERNANDES BOLAS con NIE X5227248S que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la sección primera, en el capítulo V, del Libro I del TRLC.
3. El pasivo asciende a 118.423€
4. Remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), conforme dispone el artículo 37 bis del TRLC, para su publicación electrónica en el TEJU del BOE y en el Registro Público Concursal.
5. Procédase a la anotación en el Registro Civil CENTRAL, la declaración de concurso, con indicación del órgano judicial que la ha dictado, el carácter de la resolución y la fecha de su dictado conforme al artículo 36.1 TRLC y 557.1 TRLC, y una vez firme se procederá a su inscripción.
6. Notifíquese esta resolución por medios telemáticos, a la Hacienda Tributaria de Navarra, a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.
7. Llámese al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 ter TRLC.8. Notifíquese al concursado esta resolución haciéndole saber que podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho dentro de los diez días siguientes a contar desde el vencimiento del plazo para que los acreedores legitimados puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal sin que lo hubieran hecho.9.- Notifíquese la presente resolución al cónyuge de la concursada
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN que deberá presentarse por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de CINCO DÍAS contados desde el siguiente a su notificación (Art. 546 TRLC).
Pamplona/Iruña, 4 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRANTZU EQUISOAIN AZCONA
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