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Documento BOE-J-2026-253069

GRANADA. Edicto de 29 de abril de 2026 en procedimiento concursal número 23/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 109, de 5 de mayo de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2026-253069

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada. Plaza nº 1

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958058997

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 23/2026

NIG: 1808742120260001163

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 27/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

"acreedores del deudor"

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

LA SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE GRANADA PLAZA Nº 1, en cumplimiento de lo dispuesto en Texto Refundido de la Ley Concursal, Edicto

A N U N C I A

Que en el procedimiento concursal nº 23/2026 referente al concursado GILBERTO NAVARRO S.L.U. con C.I.F. num. B18433243, por auto de fecha 27 de abril de 2026 se ha acordado los siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se abre la fase de liquidación de GILBERTO NAVARRO S.L.U que se encabezará con testimonio de esta resolución, formándose la sección quinta.

2.- Se declara disuelta la sociedad .GILBERTO NAVARRO S.L.U con C.I.F. nº   B18433243 cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sean parte.

3.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones, conforme a lo dispuesto en el art. 414 TRLC.

4.- Se concede a la administración concursal el plazo de 10 días naturales a los efectos de elevar un informe sobre la eventual aprobación de reglas especiales de liquidación en el presente procedimiento concursal.

5.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijará en el tablón de anuncios de la sede judicial electrónica y en el Registro Público Concursal.

6.- Inscríbase asimismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose para ello los oportunos mandamientos al Registro de lo Mercantil de Granada.

Contra la presente resolución podrá interponerse, por el concursado, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada, en el plazo de 20 días a contar desde el día siguiente a la notificación llevada a cabo del presente auto a las partes que estuvieran personadas en el momento de su notificación.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado nº 2216, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código ‘00’ y tipo concreto del recurso, de conformidad en lo establecido en el apartado 5º de la Disposición adicional decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Lo acuerda y firma el/la    MAGISTRADO/JUEZ , doy fe.

EL/LA    MAGISTRADO/JUEZ EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

GRANADA a 27 de abril de 2026

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Granada, 29 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PIEDAD LLOR MADRID

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