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Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de València. Plaza nº 3
Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1
Localidad: València
Código Postal: 46013
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961929039
Correo electrónico: vamerca03_val@gva.es
Concursal
Número: 694/2012
NIG: 4625066220120002292
Auto
Fecha: 16/04/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso de acreedores de Construcciones Salvador Mico SLU, Vernissa Golf SLU, Coesmi Gestion y Servicios SLU y Fercafasa sSLU (CIF B-96456181, B-97491153, B-97568570 y B-96556600, respectivamente)
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Parte dispositiva de la resolución:
Primero.- Se DECLARA CONCLUIDO el CONCURSO DE ACREEDORES de las mercantiles (1) SALVADOR MICÓ S.L.U; (2) FERCAFASA S.L.U; (3) VERNISSA GOLF S.L.U; (4) COESMI GESTIÓN Y SERVICIOS S.L.U; las cuales quedan responsables del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.
Segundo.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición de los deudores que vinieron en su día acordadas. Cesa el administrador concursal en su cargo.
Tercero.- Se acuerda la extinción de las mercantiles (1) SALVADOR MICÓ S.L.U; (2) FERCAFASA S.L.U; (3) VERNISSA GOLF S.L.U; (4) COESMI GESTIÓN Y SERVICIOS S.L.U, decretándose la cancelación de sus hojas registrales de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia, entregándose al Procurador del deudor, así como testimonio de la presente resolución a fin del cierre de la hoja de inscripción de la sociedad. Líbrense igualmente mandamientos oportunos a los Registros públicos en los que se hubiese anotado la declaración del presente concurso, entréguense igualmente al Procurador.
Cuarto.- Cabe la posibilidad de reapertura del concurso si aparecen bienes o derechos dentro del plazo de un año, ante este Juzgado, en el mismo procedimiento, y al solo objeto de la liquidación concursal (art. 505.1 TRLC 2020)
Quinto.- Anúnciese por edictos en el tablón de anuncios del juzgado, y comuníquese a los juzgados a los que se haya notificado la declaración de concurso, entregándose los respectivos oficios al Procurador del deudor. Publíquese así mismo en el Registro Público Concursal y por edicto, en el BOE.
Sexto.- Se APRUEBA la rendición de cuentas formulada por la administración concursal conforme al art. 479.2 TRLC 2020.
Notifíquese igualmente la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos.
URL a la web del Registro público concursal: https://www.publicidadconcursal.es/registro-publico-concursal
València, 27 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VICTOR SANZ GORDON
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