Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BOE-J-2026-225018

PONTEVEDRA. Edicto de 15 de abril de 2026 en procedimiento concursal número 102/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 98, de 22 de abril de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - PONTEVEDRA
Referencia:
BOE-J-2026-225018

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

PLAZA Nº 1 DE LA SECCION DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA

Dirección: RUA HORTAS S/N 2ª PLANTA

Localidad: PONTEVEDRA

Código Postal: 36004

Provincia: Pontevedra

Teléfono: 886206479

Correo electrónico: mercantil1.pontevedra@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 102/2025

NIG: 3603847120250000127

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 09/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Veinte días para recurso de apelación

DESTINATARIOS

Acreedores de Juan Carlos Couto Iglesias

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 102/25 y NIG nº 36038 47 1 2025 0000127 se ha dictado en fecha 9/4/26 auto cuya parte dispositiva dice: 1.-Abrir la fase de liquidación del concurso del deudor JUAN CARLOS COUTO IGLESIAS, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 2.-La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley. 3.-Se declara extinguido el derecho de alimentos del concursado con cargo a la masa activa, a salvo de las excepciones recogidas en el punto segundo del artículo 413 del TRLC. 4.-Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial, en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal 5.-Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos. 6.-Requerir a la administración concursal para que en el plazo de 10 días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 415 del TRLC. 7.-El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. 8.-Abrir la sección sexta de calificación que se encabezará con copia auténtica del auto por el que se haya procedido a su formación y se incorporarán a ella copia auténtica de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación aportada por el deudor, del auto de declaración de concurso y del informe de la administración concursal con los documentos anejos.

PONTEVEDRA, 15 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JUAN JOSE GUITIERREZ MARTIN

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid