Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Zaragoza. Plaza nº 2
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Concursal
Número: 360/2022
NIG: 5029747120220000722
Providencia
Fecha: 08/04/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores e interesados no personados en forma en procedimiento s05 360/2022
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Que en virtud de lo acordado en resolución de fecha 8 de abril de 2026 dictada en la Concursal-Sección 5ª del concurso Nº 360/2022-1E de los deudores FELIX GOMARA NUEVO y RAQUEL CONDE CARNICER que se sigue en este Juzgado, por el presente se anuncia el traslado para venta de bienes inmuebles propiedad de la concursada, según Providencia del tenor literal siguiente:
" PROVIDENCIA
MAGISTRADO-JUEZ
Dª. MARIA DEL CARMEN VILLELLAS SANCHO.
En Zaragoza, a 8 de abril de 2026
A la vista del escrito presentado por el Procurador de los Tribunales MIGUEL ANGEL CUEVA RUESCA en representación de FELIX GOMARA NUEVO y RAQUEL CONDE CARNICER solicitando el cambio de modalidad de exoneración con plan de pagos a la de exoneración con liquidación de la masa activa conforme a lo establecido en el artículo 500 del TRLC, interesando la modificación de las reglas de liquidación de conformidad a los artículos 415 y siguientes del TRLC, a los fines de solicitar la autorización judicial de venta de inmueble propiedad de los concursados, en concreto: 100% de la propiedad de finca urbana sita en avda. San Juan de la Peña 182, 3º D de Zaragoza que constituye su vivienda habitual, referencia catastral 7360620XM7176A0021TR, finca 20328, inscrito en el RP número 2 de Zaragoza, tomo 2929, libro 1459, folio 43, inscripción 8ª. a favor de Alberto Mata Casado y Ana Belén Zuzaya Rodrigo por importe de 155.000 euros; en aras a la economía procesal y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 415 y 518 en relación con el artículo 210 del Real Decreto Legislativo 1/2020 de 5 de mayo del Texto Refundido de la LC, acuerdo oír sobre su objeto a la Administración Concursal y a las partes personadas y en concreto a CAIXABANK, S.A a través de su representación procesal en autos, por plazo común de diez días.
La finca tiene las siguientes cargas:
Hipoteca a favor de CAJA DE AHORROS Y PENSIONES DE BARCELONA, CAIXABANK
Anotación preventiva del inicio de expediente de acuerdo extrajudicial de pagos.
Publíquese por igual plazo, la oferta por edictos que se insertarán en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único (TEJU).
Zaragoza, 14 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA VICTORIA BUIL TORRALBA
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