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Documento BOE-J-2026-173137

OVIEDO. Edicto de 23 de marzo de 2026 en procedimiento concursal número 82/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 75, de 26 de marzo de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ASTURIAS
Referencia:
BOE-J-2026-173137

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Oviedo. Plaza nº 1

Dirección: Calle LLAMAQUIQUE S/N

Localidad: Oviedo

Código Postal: 33071

Provincia: Asturias

Teléfono: 985245732

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 82/2026

NIG: 3304447120260000242

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 20/03/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dª. Ana Redondo Valbuena, Letrada de la Administración de Justicia del TRIBUNAL DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL, PLAZA Nº1 DE OVIEDO, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 82/2026 (N.I.G. 33044 47 1 2026 0000242), se ha dictado AUTO de fecha 20/03/2026 DECLARANDO EN CONCURSO VOLUNTARIO a ENCARNACION IGLESIAS ROMERO, con NIF 53515425Z.

2º.- La masa activa declarada por el deudor se ha considerado insuficiente en los términos del artículo 37 bis del TRLC

3º.- El pasivo que resulta de la solicitud de concurso asciende a 212.613,67 euros.

4º.- En el plazo de 15 días, a computar desde la última de las publicaciones de este edicto, que se ha ordenado publicar en el Tablón Judicial Edictal Único y en el Registro Público Concursal, los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo, podrán solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos referidos en el art. 37 ter TRLC. Los acreedores deberán solicitar el nombramiento de administración concursal con abogado y procurador.

5º.- La retribución del administrador por la emisión del informe encomendado corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado, en la cuantía y plazo que fije el juez del concurso.

6º.- Contra este auto cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días a contar desde la publicación de este edicto en el TEJU.

Oviedo, 23 de marzo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA REDONDO VALBUENA

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