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Documento BOE-J-2026-165124

PONTEVEDRA. Edicto de 13 de marzo de 2026 en procedimiento concursal número 554/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 71, de 21 de marzo de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - PONTEVEDRA
Referencia:
BOE-J-2026-165124

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

PLAZA Nº 1 DE LA SECCION DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA

Dirección: RUA HORTAS S/N 2ª PLANTA

Localidad: PONTEVEDRA

Código Postal: 36004

Provincia: Pontevedra

Teléfono: 886206479

Correo electrónico: mercantil1.pontevedra@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 554/2025

NIG: 3603847120250000808

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 12/03/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: No cabe recurso

DESTINATARIOS

Acreedores de Hugo Esteban Hoyos Pipicano

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 554/25 y NIG nº 3603847120250000808 se ha dictado en fecha 12/3/26 auto, cuya parte dispositiva dice: Se acuerda la CONCLUSIÓN del concurso sin masa de D. Hugo Esteban Hoyos Pipicano, DNI 54383165X, por falta de solicitud de nombramiento de AC. Se CONCEDE al concursado D. Hugo Esteban Hoyos Pipicano la EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO,con carácter definitivo, con las excepciones señaladas en el art. 489 del TRLC, y con las precisiones señaladas en el Fundamento de Derecho Tercero, y con los efectos previstos en los arts. 490 a 492 ter del TRLC. Comprende esa exoneración exclusivamente los siguientes créditos: 1) Naturgy Iberia, S.A.: 3.540,83 euros. 2) Sogarpo: 7.110,07euros. 3) Tesorería General de la Seguridad Social: 2.307,75 euros. 4) Concello de Vigo: 3.246,69 euros. 5) Agencia estatal de la Administración Tributaria: 1.279,07 euros. Se requiere a los acreedores afectados por la exoneración para que la comuniquen a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de sus registros. Dese al presente Auto la publicidad a que se refiere el art. 482 del TRLC (a través del BOEy del Registro Público Concursal), y procédase a su notificación a las partes personadas y a todas las personas a quien se hubiese notificado el Auto de declaración de concurso. Procédase al ARCHIVO de las actuaciones.

PONTEVEDRA, 13 de marzo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JUAN JOSE GUITIERREZ MARTIN

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