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Documento BOE-J-2025-77045

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 6 de febrero de 2025 en procedimiento concursal número 805/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2025-77045

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621447

Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 805/2023

NIG: 1204066120230000841

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 20/01/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20 dias

DESTINATARIOS

Notificar a todos los acreedores e interesados la apertura de la fase de liquidación de la mercantil MARIE CLAIRE SAU con CIF A82063082

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

D/Dª. MARIA ISABEL RUBIO AGUSTI Letrado de la Administración de Justícia del JUZGADO MERCANTIL Nº 1 DE CASTELLÓN conforme a lo previsto en los artículos 410 y 35 del TRLC,

HAGO SABER:

PRIMERO.- Que en el procedimiento concursal voluntario ordinario número 805/2023 referente al deudor MARIE CLAIRE SAU, con CIF nº A82063082 se ha dictado auto de fecha 20/01/2025 por el que se acuerda la apertura de la fase de liquidación de la citada mercantil concursada.

SEGUNDO.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el Título III de la Ley Concursal.

TERCERO.- la apertura de la liquidación producirá el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

CUARTO.- Durante la fase de liquidación seguirán aplicándose las normas contenidas en el Título III de la Ley Concursal en cuanto no se opongan a las específicas del capítulo II del Título V de la misma ley.

QUINTO.- Se disuelve la entidad concursada, MARIE CLAIRE SAU y se acuerda el cese de los admi­nistradores sociales o liquidadores que serán sustituidos por la administración concursal.

Castelló de la Plana, 6 de febrero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ISABEL RUBIO AGUSTI

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