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Documento BOE-J-2025-588168

PONTEVEDRA. Edicto de 17 de septiembre de 2025 en procedimiento concursal número 169/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 230, de 24 de septiembre de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - PONTEVEDRA
Referencia:
BOE-J-2025-588168

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

XDO. DO MERCANTIL N. 1

Dirección: RUA HORTAS S/N 2ª PLANTA

Localidad: PONTEVEDRA

Código Postal: 36004

Provincia: Pontevedra

Teléfono: 886206479

Correo electrónico: mercantil1.pontevedra@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 169/2025

NIG: 3603847120250000192

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/09/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de Eva Maria Iglesias Liste

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Auto de fecha 16/09/2025 de apertura de la fase de liquidación del concurso voluntario de la deudora Dª.EVA MARIA IGLESIAS LISTE, cuya parte dispositiva dice: 1.-Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la deudora Dª.EVA MARIA IGLESIAS LISTE. 2.-Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3.-La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley. 4.-Se declara extinguido el derecho de alimentos del concursado con cargo a la masa activa, a salvo de las excepciones recogidas en el punto segundo del artículo 413 del TRLC. 5.-Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón judicial electrónico del Boletín Oficial del Estado (TEJU) y en el Registro Público Concursal. 6.-Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos. 7.-Requerir a la administración concursal paraque, en el plazo de DIEZ DÍAScomputados desde la notificación de esta resolución, comunique al Juzgado aquellas reglas especiales que considere necesarias para llevar a cabo la liquidación de la masa activa. 8.-Se produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. 9.-Abrir la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con copia auténtica de este Auto, y se incorporarán a ella copia auténtica de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación aportada por el deudor, del auto de declaración de concurso y del informe de la administración concursal con los documentos anejos.

PONTEVEDRA, 17 de septiembre de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE LUIS GUTIERREZ MARTIN

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