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Documento BOE-J-2025-541152

VALÈNCIA. Edicto de 2 de septiembre de 2025 en procedimiento civil número 1105/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 214, de 5 de septiembre de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2025-541152

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Valencia

Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927207

Correo electrónico: delolmo_mjo@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1105/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 22/07/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20 días

DESTINATARIOS

RUBEN PEREZ PONCE - NIF/NIE: ***7697**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En el procedimiento referenciado se ha acordado entregar a la parte demandada la Sentencia núm. 103/2025, cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA N.º 103/2025

Juez: D. JACINTO TALENS SEGUI

En València, a veintidós de julio de dos mil veinticinco.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: Con fecha 21 de octubre de 2024 fue presentada demanda por la representación procesal de SONEPAR SPAIN SA (RS) contra D. RUBEN PEREZ PONCE, en su condición de administrador de la mercantil PEREZ PONCE CREACIONES SL, que fue repartida al Juzgado Decano de lo Mercantil de Valencia, y en la que se solicitaba en la misma que se dictase sentencia de conformidad con el suplico de su escrito.

SEGUNDO: Admitida a trámite la demanda, se dio traslado a la parte demandada para su contestación, lo cual transcurrido el plazo legal no fue hecho, por lo que fue declarada en situación procesal de rebeldía.

TERCERO: No siendo necesaria la celebración de vista, quedando los actuaciones vistas para sentencia.

FALLO

Que DEBO ACORDAR Y ACUERDO ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por el Procurador D. IGNACIO ZABALLOS TORMO, en nombre y representación de SONEPAR SPAIN SA (RS), contra D.RUBEN PEREZ PONCE, y en consecuencia:

1) DECLARO la responsabilidad personal y solidaria de D.RUBEN PEREZ PONCE por las deudas de la sociedad PEREZ PONCE CREACIONES SL con la actora.

2) CONDENO a D.RUBEN PEREZ PONCE a abonar a la parte actora la cantidad de 4.010,65 €, más los intereses legales desde la interposición de la demanda.

3) CONDENO a D.RUBEN PEREZ PONCE a abonar a la parte actora las cantidades que resulten de la liquidación de intereses y tasación de costas del Procedimiento Verbal 895/2022 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº3 de Requena y de su posterior Ejecución de Títulos Judiciales, si la hubiere.

4) CONDENO a la parte demandada al pago de las costas procesales causadas en este procedimiento.

Llévese el original de esta resolución al Libro de Sentencias Definitivas dejando testimonio de la misma en las actuaciones.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en la Audiencia Provincial en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LEC).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia del demandado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto en el TEJU para llevar a efecto la diligencia de Notificación.

En València, a 1 de septiembre de 2025

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

València, 2 de septiembre de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE ROIG SAPIÑA

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