Está Vd. en

Documento BOE-J-2025-53595

MOTRIL. Edicto de 28 de enero de 2025 en procedimiento civil número 707/2016.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 27, de 31 de enero de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2025-53595

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Motril

Dirección: Calle FIELATO DE LA POSTA S/N

Localidad: Motril

Código Postal: 18600

Provincia: Granada

Teléfono: 958989065

Correo electrónico: JMixto.3.Motril.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 707/2016

NIG: 1814042120160003196

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 09/01/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: diez dias

DESTINATARIOS

JOSE ANTONIO GUERRERO PEREGRINA - NIF/NIE: ***9111**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Yolanda Pavón Callejon

En Motril, a nueve de enero de dos mil veinticinco.

1.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), de la anterior tasación de costas, dese traslado a las partes por plazo común de diez días, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.

2.- Dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada:

2.1. Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos y en cuanto a los honorarios de los/as abogados/as, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo (artículo 245.2 LEC).

2.2. La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado/a, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su procurador/a (artículo 245.3 LEC).

2.3. En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4 LEC).

Transcurrido dicho plazo sin que se formule impugnación se aprobará por el Letrada de la Administración de Justicia la tasación practicada (artículo 244.3 de la LEC).

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).

Lo acuerdo y firmo. Doy fe

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TASACIÓN DE COSTAS

Que practica la Letrada de la Administración de Justicia D.ª Yolanda Pavón Callejon, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), en el procedimiento 707/2016 y a cuyo pago ha sido condenada la parte demandada.

DERECHOS DE PROCURADOR, Sr. Ruiz Vilar.

Tramitación, art. 1 ...................................................................................... 125.60

Tasación de costas, art. 5 ............................................................................ 22.29

________

147.89

I.V.A. ( 21%) .............................................................................................. 31.05

_________

178.94

HONORARIOS DE LETRADO, Sr. Arribas Luque.

Por su intervención en el procedimiento ..................................................... 644.45

I.V.A. ( 21%) ................................................................................................ 135.33

_________

779.78

Total (s.e.u.o.): 958,72 euros.

Importa la presente tasación de costas la cantidad de NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON SETENTA Y DOS euros.

En Motril, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Motril, 28 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, YOLANDA PAVON CALLEJON

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid