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Documento BOE-J-2025-522374

ALMERÍA. Edicto de 1 de agosto de 2025 en procedimiento concursal número 19/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 189, de 7 de agosto de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2025-522374

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Almería

Dirección: Carretera RONDA (DE) 120

Localidad: Almería

Código Postal: 04005

Provincia: Almería

Teléfono: 660894612

Correo electrónico: jmercantil.2.almeria.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 19/2022

NIG: 0401342120220004277

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/07/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de persona jurídica. Acreedores y demás personas interesadas

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Raquel Martínez Canton

Que en el procedimiento concursal número 19/2022 en el que figura como concursado/a SECCIONALES FC SL con CIF B04589453, se ha dictado el 21 de julio 2025 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por haber finalizado la fase de liquidación.

El contenido de la parte dispositiva del referido AUTO es el siguiente:

"PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO la conclusión del concurso de SECCIONALES FC, S.L CIF B04589453, llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.

Como consecuencia de la conclusión:

1.- Cesan todos los efectos de la declaración del concurso.

2.- Se acuerda el cese de la administración concursal, quedando aprobada la rendición final de cuentas. Requiérase a la administración concursal para que presente su credencial en este Juzgado.

3.- Ordeno el cierre provisional de la hoja abierta a SECCIONALES FC, S.L CIF B04589453 en el Registro Mercantil en el que figura inscrita. Al ser firme la presente resolución, procédase por el Letrado de la Administración de Justicia a expedir mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de la firmeza, que remitirá por medios electrónicos al registro correspondiente. El Registrador Mercantil deberá comunicar al resto de registros públicos en los que la concursada tenga inscritos bienes y derechos, la presente conclusión a los efectos oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el articulo 485 TRLC y el articulo 323 RRM.

4.- Procédase a la publicación de la presente resolución en el Registro Público Concursal y, por medio de edicto, en el BOE (articulo 482 TRLC)

5.- Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a todas las partes personadas haciéndoles saber que es firme y no cabe recurso alguno (articulo 481 TRLC)

6.- Procédase al archivo definitivo de las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo, María Teresa Zambrana Ruiz, Magistrada – Jueza del Juzgado de lo Mercantil número dos de Almería."

En Almería, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Almería, 1 de agosto de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CARMEN VICTORIA GARCIA RAVASSA

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