Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Sevilla
Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol
Localidad: Sevilla
Código Postal: 41018
Provincia: Sevilla
Teléfono: 955516033
Correo electrónico: jinstancia.4.Sevilla.jus@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 2076/2009
NIG: 4109142120060028713
Decreto
Fecha: 18/06/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
MARÍA ÁNGELES CERQUERA GONZÁLEZ - NIF/NIE: ***7693**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
En el procedimiento referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
DECRETO
Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Cecilia Carande Cameno
En Sevilla, a fecha de la firma electrónica
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- En el presente procedimiento se ha practicado tasación de costas, solicitada por LC ASSET 1 S.A.R.L., por un importe total de 1137,94 euros, siendo la parte condenada MARIA ANGELES CERQUERA GONZALEZ.
Segundo.- De dicha tasación se ha dado traslado a las partes, advirtiéndoles que desde ese momento no se admitiría la inclusión o adición de partida alguna y que si no se impugnaba en el plazo de diez días sería aprobada por el Letrada de la Administración de Justicia.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Establece el apartado 3 del artículo 244 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC) que si la tasación de costas no fuera impugnada por las partes en el plazo dispuesto a tal efecto, el Letrado de la Administración de Justicia la aprobará mediante decreto.
PARTE DISPOSITIVA
1.- Se aprueba la tasación de costas practicada a instancia de LC ASSET 1 S.A.R.L., por importe de 1137,94 euros, y a cuyo pago viene obligada la parte condenada.
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REVISIÓN ante este tribunal, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículo 454 bis de la LEC).
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 454 bis de la LEC).
Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el con el número , indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un “Recurso” código 01-Revisión. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).
Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Lo decreto y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Demandado: MARIA ANGELES CERQUERA GONZALEZ, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón electrónico judicial único para llevar a efecto la diligencia de notificación.
En Sevilla, en el día de la firma.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Sevilla, 24 de junio de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CECILIA CARANDE CAMENO
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid