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Documento BOE-J-2025-42097

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 23 de enero de 2025 en procedimiento concursal número 60/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 24, de 28 de enero de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2025-42097

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621447

Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 60/2022

NIG: 1204066120220000064

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 02/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 15 dias

Notificación. Plazo: 5 días

DESTINATARIOS

A todos los interesados y acreedores de D. Ramon Gimenez Ortiz, con DNI 18918852H y Dª REMEDIOS RAMOS LOPEZ, con DNI 18917712M

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

D/Dª. MARIA ISABEL RUBIO AGUSTI LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE CASTELLÓN DE LA PLANA

.HAGO SABER:

PRIMERO.- Que en el procedimiento concursal CONCURSO ABREVIADO [CNA] número 000060/2022 referente al deudor RAMON GIMENEZ ORTIZ y REMEDIOS RAMOS LOPEZ, con CIF nº 18918852H y 18917712M se ha presentado informe de la administración concursal, solicitando la conclusión del concurso y presentando la rendición de cuentas de dicha Administración concursal.

SEGUNDO.- Dichos documentos quedan de manifiesto en esta oficina judicial para su examen por los interesados, quienes podrán obtener copias, a su costa.

TERCERO.- Dentro del plazo de QUINCE DÍAS, a contar desde la notificación personal, a quienes estuvieren personados en el procedimiento, o desde la publicación de este edicto en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), respecto del resto, los interesados podrán formular oposición razonada a la conclusión del concurso (art. 477 TRLC y 474 TRLC) o a la aprobación de las cuentas presentadas por la Administración concursal (art. 479 TRLC).

CUARTO.- La eventual oposición se sustanciará por los trámites del incidente concursal.

Castelló de la Plana, 23 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ISABEL RUBIO AGUSTI

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