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Documento BOE-J-2025-403150

MADRID. Edicto de 6 de junio de 2025 en procedimiento concursal número 374/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 143, de 14 de junio de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-403150

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 18 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 374/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 05/06/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: .

DESTINATARIOS

Acreedores de Clara Concepción Moringo Ayala

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

D./Dña. MARÍA LUISA PARIENTE VELLISCA, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 18 de Madrid hace saber: 1.- Que en el concurso ordinario 374/2025, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2025/0206540, por auto de fecha 05/06/2025, se ha declarado en concurso voluntario a Dña. CLARA CONCEPCIÓN MORINIGO AYALA, con nº de identificación 54190846V, y domiciliado en PLAZA: del Pino, nº 6 Esc/Piso/Prta: 4º Puerta 3 C.P.:28100 Alcobendas (Madrid) 2.- De la solicitud se aprecia que el deudor cuenta con un pasivo de 122.829,44 euros. 3.- Llamamiento a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar del siguiente a la publicación del presente edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado (art. 37 ter). 4.- En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho (art. 37 ter 2 TRLC). La solicitud deberá presentarse dentro de los diez días siguientes a contar bien desde el vencimiento del plazo para que los acreedores legitimados puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal sin que lo hubieran hecho, bien desde la emisión del informe por el administrador concursal nombrado si no apreciare indicios suficientes para la continuación del procedimiento. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/cove mediante el siguiente código seguro de verificación: 0962707827132103679343 Juzgado de lo Mercantil nº 18 de Madrid - Concurso ordinario 374/2025 2 de 2 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid, 6 de junio de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA LUISA PARIENTE VELLISCA

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