Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Valencia
Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1
Localidad: València
Código Postal: 46013
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961927207
Correo electrónico: vamerca02_val@gva.es
Civil
Número: 638/2023
NIG: 4625066120230003297
Providencia
Fecha: 28/11/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
JOSE ANGEL VALDEOLIVAS GARCIA
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
PROVIDENCIA
MAGISTRADO - JUEZ QUE LA DICTA: Ilmo. Sr. JACINTO TALENS SEGUÍ
Lugar: Valencia
Fecha: veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro.
1.-A la vista de la publicación del edicto en el Tablon Edictal Judicial Único, de Jose Angel Valdeolivas Garcia, que tenía por objeto el emplazamiento del demando, no habiendo comparecido dentro del plazo para contestar a la demanda y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 496.1 de la LECn, se declara a dicha parte en situación de rebeldía procesal.
Conforme lo ordenado en el artículo 497.1 de la misma Ley y por por no ser conocido el domicilio estar en ignorado paradero la parte demandada, notifíquesele esta resolución por edictos, fijando copia de esta resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de resolución que ponga fin al proceso y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 498 cuando se tenga conocimiento del lugar en que puedan encontrarse.
2.- Cumplidos los plazos y trámites previstos en el artículo 414.1 de la LECn y, de acuerdo con lo dispuesto en el mismo, se convoca a las partes a una audiencia previa al juicio para:
1) intentar un acuerdo o transacción entre las mismas,
2) examinar, en su caso, las cuestiones procesales que puedan obstar a la prosecución del proceso y a su terminación mediante una sentencia sobre su objeto.
3) fijar con precisión el objeto del proceso y los extremos de hecho y de derecho, sobre los que exista controversia; y,
4) finalmente, y si procediera, proponer y admitir prueba.
También se examinarán en la audiencia las cuestiones que, con carácter excepcional prevé la ley puedan, plantearse en la misma.
5.- Se señala para la celebración de la audiencia el próximo DÍA 14 de mayo de 2025 a las 11.00 horas, en la sede de este tribunal, citándose a las partes con las prevenciones que seguidamente se indican.
6.- Las partes habrán de comparecer en la audiencia asistidas de abogado.
Si las partes no comparecen personalmente, sino a través de sus procuradores, deberán otorgar a estos poder para renunciar, allanarse o transigir.
Si no comparecieran personalmente ni otorgaren el apoderamiento expresado se les tendrá por no comparecidos (artículo 414. 2. de la LECn).
7.- Si no comparece a la audiencia ninguna de las partes, se dictará auto de sobreseimiento del proceso, ordenándose el archivo de las actuaciones (artículo 414.3 de la LECn).
8.- Si sólo comparece la parte demandada y ésta no alegare interés legitimo en que continúe el procedimiento, también se sobreseerá el proceso (artículo 414.3 de la LECn).
9.-Si fuera la parte demandada la que no concurriere a la audiencia, el acto se entenderá sólo con el actor (artículo 414.3 de la LECn).
10.- Por último, si faltare a la audiencia el abogado de la parte actora se sobreseerá el proceso, salvo que la parte demandada alegara interés legítimo en la continuación del procedimiento.
Si faltare el abogado de la parte demandada comparecida en autos, la audiencia se seguirá con el demandante en lo que resultare procedente (artículo 414.1 de la LECn).
Asimismo, se pone en conocimiento de las partes que dicha audiencia se va a celebrar por el sistema de videoconferencias WEBEX, por lo cual se acuerda requerir a ambas partes para que a la mayor brevedad faciliten cada uno de los abogados y procuradores una cuenta de correo electrónico y teléfono de contacto.
Se le comunica que conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y demás legislación vigente en la materia, los datos contenidos en esta comunicación y en la documentación adjunta son confidenciales, quedando prohibida su transmisión o comunicación pública por cualquier medio o procedimiento, debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia.
MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. (artículos 451 y 452 de la LECn). De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de reposición contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25 €, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondiente a este expediente indicando, en el campo “concepto” el código “00 Civil-Reposición” y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (CCC, 20 dígitos), se indicará en el campo “concepto” el número de cuenta el código y la fecha que en la forma expuesta anteriormente.
Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.
Firma Magistrado-Juez Firma Letrada de la Admón. de Justicia
València, 17 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE ROIG SAPIÑA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid