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Documento BOE-J-2025-197602

HUÉRCAL-OVERA. Edicto de 20 de marzo de 2025 en procedimiento contencioso-administrativo número 774/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 72, de 25 de marzo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2025-197602

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Huercal-Overa

Dirección: Carretera NACIONAL 340 HUÉRCAL-OVERA 204

Localidad: Huércal-Overa

Código Postal: 04600

Provincia: Almería

Teléfono: 950109977

Correo electrónico: AtPublico.JMixto.3.Huercal.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Contencioso-administrativo

Número: 774/2023

NIG: 0405342120230002020

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 14/03/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 0 dias

DESTINATARIOS

WAYNE SAXBEE - NIF/NIE: ****1252*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

FALLO

ESTIMO TOTALMENTE la demanda interpuesta por PLUS ULTRA SEGUROS, S.A., representada por el Procurador Don José Miguel Gómez Fuentes frente a DON WAYNE SAXBEE, declarado en situación de rebeldía procesal; y, en consecuencia, condeno DON WAYNE SAXBEE a abonar a la parte actora la cantidad de mil cuatrocientos cincuenta y cuatro euros con treinta y trés céntimos de euro (1.454’33 €), más el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda, con condena en costas derivadas de este procedimiento a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, con la indicación de que la misma es firme y contra la presente resolución no cabe recurso alguno, en aplicación de la dispuesto en el art. 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil modificada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal.

Así, por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio literal para su unión a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Jueza firmante de la misma, en el día de su fecha y hallándose celebrando audiencia pública. De todo lo cual como Letrada de la Administración de Justicia. Doy fe.-

Huércal-Overa, 20 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JAVIER PASTOR ORTIZ

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