Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pontevedra
Dirección: Calle HORTAS S/N
Localidad: Pontevedra
Código Postal: 36004
Provincia: Pontevedra
Teléfono: 986805163
Correo electrónico: mercantil1.pontevedra@xustiza.gal
Concursal
Número: 47/2025
NIG: 3603841120250000069
Auto
Fecha: 06/03/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso de "Jesús González Cayetano y María Ángeles Limes Quintas"
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
D. JOSE LUIS GUTIERREZ MARTIN, Letrado de la Administración de Justicia de XDO. DO MERCANTIL N. 1 de PONTEVEDRA, por el presente, HAGO SABER:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000047 /2025 y NIG nº 36038 47 1 2025 0000069 se ha dictado en fecha 06.03.25 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO voluntario del deudor JESUS GONZALEZ CAYETANO, MARIA ANGELES LIMES QUINTAS , con DNI 36031325P y 360468733Z, cuyo centro de intereses principales lo tiene en rúa Don Quijote 2, 3º-B, Vigo (Pontevedra).
2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor con autorización y conformidad de la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a Ceca Magán Abogados S.L.P., con domicilio postal en calle Policarpo Sanz 29, bajo, 36202, Vigo (Pontevedra) y dirección electrónica señalada concursosvigo@cecamagan.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 del TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Durante el plazo para la comunicación de créditos los acreedores o cualquier personado en el concurso podrán dirigir por vía electrónica a la AC cuanto consideren relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que consideren oportunos (art. 447 del TRLC).
5º.- Indicar que las personas legitimadas, conforme al TRLC, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado, a salvo de lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores (arts. 512 y 513 del TRLC)
6º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.
Pontevedra, 18 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE LUIS GUTIERREZ MARTIN
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid