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Documento BOE-J-2025-16679

SEVILLA. Edicto de 10 de enero de 2025 en procedimiento civil número 807/2003.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2025-16679

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Sevilla

Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41018

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955516033

Correo electrónico: jinstancia.4.sevilla.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 807/2003

NIG: 4109142120030020046

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 18/11/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Cinco días

DESTINATARIOS

JUAN CARLOS BURGOS GARCÍA - NIF/NIE: ***9005**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En el procedimiento arriba referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

DECRETO

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Cecilia Carande Cameno

En Sevilla, a la fecha de su firma electrónica.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En el presente procedimiento se ha practicado tasación de costas, con fecha 23 de febrero de 2024, solicitada por ASBURY PARK SA., por un importe total de 1146,03 euros, siendo la parte condenada JUAN CARLOS BURGOS GARCIA, AGESERDITRANS SL y MONICA DEL TORO ARENAS.

Segundo.- De dicha tasación se ha dado traslado a las partes, advirtiéndoles que desde ese momento no se admitiría la inclusión o adición de partida alguna y que si no se impugnaba en el plazo de diez días sería aprobada por el Letrada de la Administración de Justicia.

Tercero.- Asimismo, se ha dado traslado a las partes de la propuesta de liquidación de intereses devengados hasta la fecha en los presentes autos, según los términos de la resolución condenatoria, sin que tampoco sobre este propuesta se haya formulado por la parte obligada oposición alguna dentro del plazo concedido al efecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Establece el apartado 3 del artículo 244 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC) que si la tasación de costas no fuera impugnada por las partes en el plazo dispuesto a tal efecto, el Letrado de la Administración de Justicia la aprobará mediante decreto.

Segundo.- No habiéndose formulado tampoco objeción alguna a la liquidación de intereses propuestos en los presentes autos, conformes a lo dispuesto en el art. 714 LEC, procede igualmente su aprobación.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se aprueba la tasación de costas practicada a instancia de ASBURY PARK SA., por importe de 1146,03 euros.

2.- Se aprueba igualmente la liquidación de intereses, ascendente a la suma de 4305,04 euros, y a cuyo pago viene obligada la parte condenada.

3.- Existiendo cantidades consignadas en la cuenta del Juzgado, dése cuenta a la Letrada de la Administración de Justicia a fin de realizar la correspondiente entrega de dinero a cuenta de intereses y costas aprobados.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REVISIÓN ante este tribunal, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículo 454 bis de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 454 bis de la LEC).

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el BANCO SANTANDER con el número 4000 0000 05 0807 03, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un “Recurso” código 01-Revisión. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Lo decreto y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Demandado: JUAN CARLOS BURGOS GARCIA y Demandado: AGESERDITRANS SL, por diligencia de ordenación de 23/12/2024, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón edictal único para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Sevilla, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Sevilla, 10 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CECILIA CARANDE CAMENO

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