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Documento BOE-J-2025-165070

SEVILLA. Edicto de 7 de marzo de 2025 en procedimiento concursal número 644/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 62, de 13 de marzo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2025-165070

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Sevilla

Dirección: Calle ENERGIA SOLAR 1 Campus Judicial Palmas Altas

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41014

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955189374

Correo electrónico: JMercantil.3.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 644/2024

NIG: 4109142120240066722

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 14/02/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: quince dias

DESTINATARIOS

MARIA JOSE CARMONA GARCIA; - NIF/NIE: ***9092**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

ADMINISTRADOR CONCURSAL

D. JORGE FRANCISCO CASTRO GARCIA, letrado, con D.N.I: 28696039C Avd. República Argentina, nº 29 bis. 1-3C. 41011. Sevilla.

Tiene suscrito con HISCOX un seguro de responsabilidad civil, póliza número HD IP6 2114847, cuya vigencia acredita mediante aportación de certificado.

Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición para el ejercicio del cargo.

Que para la comunicación de créditos y demás notificaciones, señala la siguiente dirección: jfcastro@castro-naranjoinfante.es.

1.- Que en el procedimiento número 644/2024, NIG n.º 4109142120240066722, por auto de 14/02/2025 se ha declarado en concurso voluntario a: Doña Maria Jose Carmona Garcia; teniendo el centro de sus intereses principales: Santiponce. (Sevilla)

2.- El concurso tendrá la consideración de voluntario.

3.- La persona concursada conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

4.- Nombro administración concursal a la entidad CASTRO NARANJO INFANTE en la persona de JORGE FRANCISCO CASTRO GARCIA.

5.- Acuerdo abrir la fase común del concurso.

6.- Acuerdo llamar a los acreedores de la persona concurs ada para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La comunicación habrá de realizarse directamente a la administración concursal en el modo previsto en el artículo 256 del Texto Refundido de la Ley Concursal, no siendo válidas las comunicaciones dirigidas al Juzgado.

7.- Acuerdo insertar esta resolución en el Registro Público Concursal y anunciar la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado, debiendo publicarse en el mismo un extracto con las menciones contenidas en el artículo 35.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal.

A tal efecto, una vez aceptado el cargo por la administración concursal, deberá remitirse al Boletín Oficial del Estado y al Registro público concursal el edicto relativo a la declaración de concurso, redactado en el modelo oficial para que sea publicado con la mayor urgencia.

8.- Anótese preventivamente esta resolución en el registro de persona correspondiente (Registro Mercantil, en el caso de personas jurídicas o persona naturales inscritas por ser empresarios, Registro Civil, en el caso de personas naturales), librándose mandamiento que deberá incorporar, además, los datos relativos a los bienes inscritos en el Registro de la Propiedad, el Registro de Bienes Muebles o en cualquier otro registro público de bienes competente.

Firme que sea esta resolución, líbrese mandamiento al Registro correspondiente expresando tal circunstancia para se proceda a la conversión de la anotación preventiva en inscripción.

9.- Si no fuera posible el traslado telemático de los oficios con los edictos o de los mandamientos, entréguense al Procurador de la solicitante del concurso, debiendo acreditar su cumplimentación en el plazo de diez días.

10.- Acuerdo formar las secciones primera (que se encabezará con la solicitud y todos los documentos que la acompañaren), segunda, tercera y cuarta (que se encabezarán con copia auténtica de este auto) del concurso.

Sevilla, 7 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SUSANA PEREZ GONZALEZ

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