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Documento BOE-J-2025-144690

OVIEDO. Edicto de 28 de febrero de 2025 en procedimiento concursal número 221/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ASTURIAS
Referencia:
BOE-J-2025-144690

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Oviedo

Dirección: Calle LUIS FERNANDEZ-VEGA SANZ 5 3

Localidad: Oviedo

Código Postal: 33005

Provincia: Asturias

Correo electrónico: juzgadomercantil4.oviedo@asturias.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 221/2024

NIG: 3304447120240001197

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 27/02/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Se acuerda la conclusión del concurso de MERCEDES GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, DNI 09.408.049-Z

2.-Declaro la conclusión del presente Concurso de Acreedores en el que figura como concursada DOÑA MERCEDES GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos realizables con los que poder afrontar las deudas de la concursada, cesando respecto de la misma todos los efectos de la declaración del concurso. Cesan las limitaciones que pudieran existir sobre las facultades de administración y disposición.

La conclusión del Concurso no obstará a su reapertura, que será declarada por este Juzgado en el caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad de los concursados.

Líbrese mandamiento al Registro Civil correspondiente, al que se adjuntará testimonio de esta Resolución con expresión de su firmeza, a fin de que proceda a las inscripciones correspondientes.

Dese a esta Resolución la publicidad prevista en el artículo 482 del TRLC.

Notifíquese el presente Auto al concursado y partes personadas, haciéndoles saber que es firme y que frente a él no cabe interponer recurso alguno de conformidad con lo indicado en el artículo 481.1 del TRLC.3.- Se acuerda librar mandamiento al Registro Civil.

3.- La dirección electrónica del Registro Público Concursal es www.publicidadconcursal.es/concursal-web

Oviedo, 28 de febrero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND

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