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Documento BOE-J-2025-101515

MADRID. Edicto de 11 de febrero de 2025 en procedimiento concursal número 660/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-101515

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 08 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 660/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 07/02/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Un mes para comunicación de créditos

DESTINATARIOS

Concurso de acreedores de Alujuegos, S.A., con CIF A81567729

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO D./Dña. CARMEN VICIANA DURO, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 08 de Madrid hace saber: 1.- Que en el concurso ordinario 660/2024, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2024/0134773, presentado el 07/10/2024 y repartido el 21/11/2024 por auto de fecha 07/02/2025, se ha declarado en concurso voluntario, , a ALUJUEGOS, S.A., con nº de identificación A81567729, y domiciliado en CALLE: SESEÑA, nº 50-52 C.P.:28024 Madrid (Madrid) 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255 a 258 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es ADVECON LAW & ECONOMICS SLP , con domicilio postal en Calle Velázquez 10, 1º, 28001 de Madrid, teléfono 603753620, y dirección de correo electrónico concursal@advecon.es ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 11 de febrero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CARMEN VICIANA DURO

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