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Documento BOE-J-2024-717981

GRANADA. Edicto de 19 de diciembre de 2024 en procedimiento concursal número 741/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 311, de 26 de diciembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2024-717981

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958209026

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 741/2024

NIG: 1808742120240020008

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/12/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Ignorados acreedores de Montajes Electricos Hermanos Plata S.L

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 2 DE GRANADA, DE MARCAS, PATENTES Y PROTECCIÓN JURÍDICA DEL DISEÑO INDUSTRIAL

A N U N C I A

Que en los autos de Concurso Voluntario nº 741/2024, con NIG 1808742120240020008 relativos a la deudora MONTAJES ELÉCTRICOS HERMANOS PLATA, S.L., con CIF B18390914, por Auto de fecha 18/12/2024 se ha acordado lo siguiente:

1.- Se abre la fase de liquidación del presente concurso de acreedores de MONTAJES ELÉCTRICOS HERMANOS PLATA, S.L, formándose la Sección quinta, que se encabezará con testimonio de esta resolución.

2.- Se declara disuelta la sociedad MONTAJES ELÉCTRICOS HERMANOS PLATA, S.L., con CIF nº B18390914 , cesando en su función sus administradores, que serán sustituídos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sean parte.

3.- Conforme al artículo 415. 1 del TRLC, se requiere a la Administración Concursal a fin de que, en el plazo máximo de 10 DÍAS NATURALES, informe si considera necesaria la aplicación de reglas especiales en la liquidación (Art. 415 TRLC).

4.- Cada tres meses, a contar de la apertura de la fase de liquidación, la administración concursal presentará al Juez del concurso un informe sobre el estado de las operaciones, que detallará y cuantificará los créditos contra la masa devengados y pendientes de pago, con indicación de sus vencimientos y quedará de manifiesto en la Secretaría del Juzgado, conforme al art. 424 del T.R. L.C.

5.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijará en la sede electrónica del Juzgado y en el Registro Pùblico Concursal, conforme a lo dispuesto en el artículo 410 del TR.L.C.

6.- Inscríbase asimismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose para ello los oportunos mandamientos al Registro de lo Mercantil de Granada

7.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados, conforme al art. 414 del T.R.L.C.

Granada, 19 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA

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