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Documento BOE-J-2024-717974

GRANADA. Edicto de 19 de diciembre de 2024 en procedimiento concursal número 217/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 311, de 26 de diciembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2024-717974

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958209026

Correo electrónico: jmercantil.2.granada.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 217/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 13/12/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Ignorados acreedores de la concursada D. Rafael Jimenez Castillo

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil nº2 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 552. 553 y 554 del Texto Refundido de la Ley Concursal,

A N U N C I A

Que en el procedimiento de Concurso Voluntario nº 217/24, con NIG 1808742120230007017 , se ha dictado auto de fecha 13/12/24 Auto, en cuya parte dispositiva se contiene literalmente los siguientes extremos:

ACORDAR LA CONCLUSION DEL PRESENTE procedimiento de concurso de acreedores de RAFAEL JIMENEZ CASTILLO por finalización de operaciones de liquidación, por las razones expuestas en los fundamentos jurídicos de la presente, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno (481 TRLC)

ACUERDO APROBAR LA RENDICION DE CUENTAS presentada por la Administración Concursal en los términos y por las razones expuestas en el fundamento jurídico segundo de la presente.

Acuerdo la exoneración definitiva del pasivo insatisfecho del deudor RAFAEL JIMENEZ CASTILLO, en los términos del fundamento jurídico cuarto de la presente resolución.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición (546 TRLC).

Se acuerda la publicación de la presente resolución en el Registro Público Concursal.

Líbrese el correspondiente mandamiento con el testimonio de esta resolución a los acreedores que constan en la solicitud de concurso, a los efectos del art. 492 ter TRLC.

Lo acuerda y firma el/la MAGISTRADO-JUEZ, doy fe.

En Granada, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Granada, 19 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA

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