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Documento BOE-J-2024-710871

PALMAS DE GRAN CANARIA (LAS). Edicto de 17 de diciembre de 2024 en procedimiento concursal número 140/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 306, de 20 de diciembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - LAS PALMAS
Referencia:
BOE-J-2024-710871

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Dirección: Calle MALAGA 2

Localidad: Palmas de Gran Canaria (Las)

Código Postal: 35016

Provincia: Las Palmas

Teléfono: 928116548

Correo electrónico: mercanuno.lpa@justiciaencanarias.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 140/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 12/12/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

MARÍA DEL PINO OJEDA LOSADA - NIF/NIE: ***5162**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente HACE SABER que en el procedimiento concursal número 0000140/2024, se ha dictado en fecha 12/12/2024 auto declarando la conclusión y exoneración del pasivo insatisfecho del concurso de la persona natural MARÍA DEL PINO OJEDA LOSADA, con DNI 78551621C, sita en Arrecife, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

ACUERDO:

Primero.- Declarar la CONCLUSIÓN del concurso de Dña. MARIA DEL PINO OJEDA LOSADA, con DNI número 78.551.621-C, por insuficiencia de masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, y el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en la ley.

Segundo.- Conceder al deudor la exoneración del pasivo insatisfecho en el presente concurso en los términos expuestos en el fundamento de derecho cuarto de esta resolución.

La resolución que acuerde la conclusión del procedimiento se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el «Boletín Oficial del Estado»

MODO DE IMPUGNACIÓN.- Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 481.1 TRLC).En Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de diciembre de 2024.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Palmas de Gran Canaria (Las), 17 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AGUEDA JESUS REYES ALMEIDA

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