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Documento BOE-J-2024-70008

ALMERÍA. Edicto de 6 de febrero de 2024 en procedimiento civil número 178/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 35, de 9 de febrero de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2024-70008

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Almería

Dirección: Carretera RONDA (DE) 120 (Ciudad de la Justicia)

Localidad: Almería

Código Postal: 04005

Provincia: Almería

Teléfono: 950809067

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Almeria.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 178/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 23/01/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

EJIDO TENIS - NIF/NIE: ****8367*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

SENTENCIA Nº 5/24

En Almería, a 23 de enero de 2024.

Doña Marta Aragón Arriola, Magistrada del Juzgado de lo Mercantil número uno de esta ciudad y su provincia, ha visto los autos de juicio ordinario, registrados con el número 178/2022, promovidos por Don Antonio Vargas Peña, mayor de edad, representado por el Procurador de los Tribunales Don José Román Bonilla Rubio, y asistidos por el letrado Don Juan José González Amador, contra EJIDO TENIS S.L, declarada en rebeldía y que no compareció, sobre impugnación de acuerdos sociales.

FALLO

Que desestimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Don José Román Bonilla Rubio, en nombre y representación de Don Antonio Vargas Peña, contra EJIDO TENIS S.L, debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos de la demanda, y con imposición de las costas.

Contra esta resolución cabe formular ante este Juzgado recurso de apelación, que se interpondrá en el plazo de veinte días desde la notificación de esta resolución, conforme disponen los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil y será resuelto por la Ilustrísima Audiencia Provincial de Almería.

Almería, 6 de febrero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVID PEREZ MARTINEZ

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