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Documento BOE-J-2024-674274

GIJÓN. Edicto de 29 de noviembre de 2024 en procedimiento concursal número 364/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 292, de 4 de diciembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ASTURIAS
Referencia:
BOE-J-2024-674274

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Oviedo

Dirección: Plaza DECANO EDUARDO IBASETA S/N

Localidad: Gijón

Código Postal: 33207

Provincia: Asturias

Teléfono: 985176747

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 364/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 27/11/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Dª MARÍA JOSÉ ALONSO GONZÁLEZ, Letrada de la Administración de Justicia del JDO. DE LO MERCANTIL Nº 3 DE GIJÓN, por el presente

HAGO SABER:

Que, en CONCURSO VOLUNTARIO 364/2024 con N.I.G. 33024 47 1 2024 0000350, seguido en este Órgano Judicial, se ha dictado en el día de la fecha, AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO DE D. IVAN ALAVAREZ RUA, con NIF 53.559.713-G y domicilio en Plaza Jacques-Ives Cousteau, número 4, 3º de Gijón, acordándose:

1º.- Tramitar el presente concurso como un concurso sin masa del artículo 37 bis 1 a) del Texto Refundido de la Ley Concursal.

2º.- Proceder al llamamiento de los acreedores, cuyos créditos representan, al menos, el 5 % del pasivo, a fin de que, en el plazo de 15 días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos a que se refiere el artículo 37 ter del Texto Refundido de la Ley Concursal.

3º.- Se advierte a los citados acreedores que, conforme dispone el artículo 37 quater 1, inciso final, del Texto Refundido de la Ley Concursal, la satisfacción de la retribución del administrador concursal por la emisión del informe encomendado corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado.

En Gijón, a 27 de noviembre de dos mil veinticuatro.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Gijón, 29 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE ALONSO GONZALEZ

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