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Documento BOE-J-2024-671943

PALMAS DE GRAN CANARIA (LAS). Edicto de 28 de noviembre de 2024 en procedimiento concursal número 269/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 291, de 3 de diciembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - LAS PALMAS
Referencia:
BOE-J-2024-671943

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Dirección: Calle MALAGA 2

Localidad: Palmas de Gran Canaria (Las)

Código Postal: 35016

Provincia: Las Palmas

Teléfono: 928116548

Correo electrónico: mercanuno.lpa@justiciaencanarias.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 269/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/09/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

MICAELA CARMEN ARMAS BOLAÑOS - NIF/NIE: ***5015**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente HACE SABER que en el procedimiento concursal número 0000269/2024, se ha dictado en fecha 2 de septiembre de 2024 auto declarando la conclusión del concurso de la persona natural MICAELA CARMEN ARMAS BOLAÑOS, con NIF 46250150W, sita en Telde, y exoneración del pasivo insatisfecho, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Primero.- Declarar la CONCLUSIÓN del concurso de MICAELA CARMEN ARMAS BOLAÑOS por insuficiencia de masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, y el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley.

Segundo.- Conceder al deudor la exoneración del pasivo insatisfecho en el presente concurso en los términos expuestos en el fundamento cuarto de la presente resolución.​

Notifíquese esta resolución a las partes.​​​

MODO DE IMPUGNACIÓN.- Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 481.1 TRLC).La resolución que acuerde la conclusión del procedimiento se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el «Boletín Oficial del Estado» (art. 482 TRLC).

En Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de septiembre de 2024

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Palmas de Gran Canaria (Las), 28 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AGUEDA JESUS REYES ALMEIDA

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