Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Jaén
Dirección: Calle ARQUITECTO BERGES 16
Localidad: Jaén
Código Postal: 23007
Provincia: Jaén
Teléfono: 662978903
Correo electrónico: antonio.ruiz.montoro@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 288/2018
Sentencia
Fecha: 17/12/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
ANTONIO MATEO RAMOS RAYO - NIF/NIE: ***8111**
ADORACION RUIZ VALDIVIA - NIF/NIE: ***1240**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
En el presente procedimiento, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva es el siguiente:
SENTENCIA N.º 165/2023
En Jaén a 17 de diciembre de 2023
Vistos por Dña. Eva Alba Pulido, Magistrada- Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Jáen los autos del juicio ordinario 288/2018, promovido por D. Antonio Mateo Ramos Rayo y Dña. Adoración Ruiz Valdivia representado por el Procurador Sr. Carrasco Mallén y defendido por el Letrado Sr. Lara Estrella contra D. Juan Modesto Ramos Rayo y Herencia Yacente de D. Juan Ramos Osorio y Dña. Joaquina Rayo Olmo representado por la Procuradora Sra. Ortega Ortega y asistido del Letrado Sr. Sánchez García.
FALLO
ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda presentada por el Procurador Sr. Carrasco Mallén en representación de D. Antonio Mateo Ramos Rayo y Dña. Adoración Ruiz Valdivia contra D. Juan Modesto Ramos Rayo y Herencia Yacente de D. Juan Ramos Osorio y Dña. Joaquina Rayo Olmo declarando que el dominio de la finca sita en Calle Nava nº 137 de Noalejo (Ref. Catastral 2041702VH4524S0001AD) le corresponde los actores como bienes integrantes de su sociedad ganancial matrimonial, y se condena a los demandados a estar y pasar por la declaración ordenando cesar en la perturbación del derecho de propiedad.
No procede declarar el dominio a favor de los actores de la finca urbana, almacén-cochera sito en Calle H Nº 3 de Noalejo (Ref catastral 1939517VH4513N0001IU).
No procede imposición de costas.
Líbrese testimonio de la presente el cual se llevará a los autos de su razón quedando el original en el presente libro.
Notifíquese la presente resolución a las partes
MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de JAEN (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LEC).
Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el con el número , indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un “Recurso” código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).
Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Demandante: ANTONIO MATEO RAMOS RAYO y Demandante: ADORACION RUIZ VALDIVIA, por resolución y , de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto EN EL TEJU DEL BOE para llevar a efecto la diligencia de NOTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA .
Jaén, 28 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MANUEL GABRIEL BLANCA BUENDIA
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