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Documento BOE-J-2024-664692

ROQUETAS DE MAR. Edicto de 26 de noviembre de 2024 en procedimiento civil número 659/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 288, de 29 de noviembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2024-664692

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Roquetas de Mar

Dirección: Calle REINA SOFIA 11

Localidad: Roquetas de Mar

Código Postal: 04740

Provincia: Almería

Teléfono: 950885235

Correo electrónico: AtPublico.JMixto.3.Roquetas.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 659/2020

NIG: 0407942120200005159

RESOLUCIÓN PROCESAL

Acuerdo

Fecha: 13/05/2021

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento. Plazo: En el acto

DESTINATARIOS

VASILE ORDACE - NIF/NIE: ****5259*

ILEANA CROITORU - NIF/NIE: ****2318*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

REQUERIMIENTO

TRIBUNAL QUE ACUERDA EL REQUERIMIENTO: JUZGADO DE PRIM. INST. E INSTR. NUM. 3 DE ROQUETAS DE MAR

ASUNTO EN QUE SE ACUERDA: Ejecución hipotecaria 659/2020

PERSONA QUE SE REQUIERE: VASILE ORDACE , ILEANA CROITORU CL.LA MOLINA 5 2º

04740 Roquetas de Mar España, CL.CL MOLINA LA (R) 7 Es:E Pl:02 Pt:B 5 2º

04740 ROQUETAS DE MAR España

ROQUETAS DE MAR España

ORDEN QUE DEBE CUMPLIR:

Pagar el importe de las responsabilidades reclamadas que ascienden a 173.427,78-€.

PLAZO O TIEMPO DE CUMPLIMIENTO: En el acto.

Requierase al demandado en el momento de practicarse el requerimiento de pago para que manifieste si en la finca hipotecada habitan ocupantes distintos del deudor demandado, y para el caso de que en la finca hipotecada conste la existencia de ocupantes distintos del deudor demandado, y de conformidad con lo establecido en el artículo 661 de la L.E.C., notifiqueseles la existencia de la ejecución, requiriéndoles para que en el plazo de 10 días puedan presentar el título en virtud del cual funden su ocupación.

PREVENCIONES LEGALES

Si no efectúa el pago, continuará la ejecución hasta la realización de los bienes hipotecados u otra forma de satisfacción del derecho del ejecutante.

Y para que sirva de requerimiento, extiendo el presente para su entrega al/a la requerido/a, a efectos de su conocimiento y cumplimiento de lo ordenado.

En Roquetas de Mar, a trece de mayo de dos mil veintiuno.

Roquetas de Mar, 26 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA RODRIGUEZ SANCHEZ

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