Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Granada
Dirección: Plaza NUEVA 8
Localidad: Granada
Código Postal: 18009
Provincia: Granada
Teléfono: 958058968
Correo electrónico: jinstancia.7.granada.jus@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 1393/2024
NIG: 1808742120240023297
Diligencia
Fecha: 10/10/2024
Objeto de la publicación edictal:
Emplazamiento
FOSTKINE - NIF/NIE: ****2271*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO JUDICIAL
Autoridad que ordena emplazar: Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Granada.
Asunto en el que se acuerda: El arriba referenciado.
Persona a la que se emplaza: FOSTKINE, S.L. , en concepto de parte demandada. Domicilio: CL LUIS BUÑUEL, 6 18197 Pulianas (GRANADA) España
Objeto del emplazamiento: Comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y de la resolución de admisión de aquélla.
Tribunal ante el que debe comparecer: Ante este Juzgado.
Plazo para comparecer y contestar: veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este emplazamiento.
PREVENCIONES LEGALES
1.- Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LEC-).
2.- La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador/a, con la asistencia de abogado/a (artículos 23 y 31 de la LEC). Si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Si pretende solicitar la designación de abogado/a, procurador/a o ambos profesionales, deberá realizarlo dentro de los tres días siguientes al emplazamiento.
3.- Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo Primero de la LEC).
4.- Por último, se le informa de que las partes pueden recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación.
Granada, 20 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE MANRUBIA ABELLAN
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