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Documento BOE-J-2024-650080

PAMPLONA/IRUÑA. Edicto de 20 de noviembre de 2024 en procedimiento concursal número 78/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 284, de 25 de noviembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - NAVARRA
Referencia:
BOE-J-2024-650080

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona

Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1

Localidad: Pamplona/Iruña

Código Postal: 31011

Provincia: Navarra

Correo electrónico: juzmerca@navarra.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 78/2022

NIG: 3120147120220000071

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/09/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados y acreedores no personados en el concurso de DÑA. MARÍA TERESA CASTIELLA RODRÍGUEZ, con NIF 315764330S, (tanto en su nombre como sucesora de Don José Javier Erdozain Lobera-Ros).

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

El juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña

ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000078/2022 referente al concursado DÑA. MARÍA TERESA CASTIELLA RODRÍGUEZ, con NIF 315764330S, (tanto en su nombre como sucesora de Don José Javier Erdozain Lobera-Ros),con domicilio en SARRIGUREN de NAVARRA por auto de fecha 16 de septiembre de 2024 se ha acordado la concesión de la exoneración del pasivo insatifecho a DÑA. MARÍA TERESA CASTIELLA RODRÍGUEZ, con NIF 315764330S, (tanto en su nombre como sucesora de Don José Javier Erdozain Lobera-Ros) , cuya parte dispositiva dice asi:

PARTE DISPOSITIVA

1.- Acuerdo la conclusión del concurso de acreedores de la concursada DÑA. MARÍA TERESA CASTIELLA RODRÍGUEZ con NIF 15764330S (tanto en su nombre como sucesora de Don José Javier Erdozain Lobera-Ros) y el archivo del presente procedimiento, cesando todos los efectos de la declaración del concurso sin perjuicio de su posible reapertura.

2.- Queda cesado en su cargo el Administrador Concursal aprobándose expresamente la rendición de cuentas presentada.Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la deudora subsistentes.Conforme a lo establecido en el art. 479.6 TRLC, llévese testimonio de la presente resolución a la Sección Segunda.

3.- Se acuerda la exoneración el pasivo insatisfecho a DÑA. MARÍA TERESA CASTIELLA RODRÍGUEZ, con NIF 315764330S, (tanto en su nombre como sucesora de Don José Javier Erdozain Lobera-Ros)acreditado el cumplimiento de los requisitos legales solicitado por la concursada.La exoneración alcanzará, por tanto, a los créditos relacionados en la listade acreedores, en tanto no ostenten garantía real, sean por principal,intereses o cualquier otro concepto debido, dentro del límite del privilegioespecial, calculado conforme a lo establecido en esta ley.Sirva la presente resolución de mandamiento a los efectos del artículo 492ter TRLC.

4º.- Líbrese exhorto al Registro Civil de Cádiz y Pamplona, haciéndolesaber de la conclusión del concurso, a fin de proceder a su inscripción enel folio registral de la concursada.

5º.- Líbrese mandamiento al Registro de la Propiedad nº 2 de EL EJIDO(ALMERIA), donde figura inscritos el bien inmueble de la concursadahaciéndole saber de la conclusión del concurso a los efectos procedentes.

6ª- Remítase esta resolución, por medio de edicto, directa ytelemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU),conforme dispone el Real Decreto 327/2021, de 11 de mayo, por el que semodifica el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación deldiario oficial “Boletín Oficial del Estado”, para su publicación electrónica enel TEJU, y en el Registro Público Concursal.

7º.- Respecto de la exoneración del pasivo insatisfecho, una vez firme lapresente resolución, hágase publica por medio de edictos que seinsertarán en el tablón judicial edictal único (TEJU) y en el Registro PúblicoConcursal.

8º.- Comuníquese a todos los Juzgados de 1ª Instancia y Social dePamplona/Iruña a fin de poner en su conocimiento la conclusión delpresente concurso a los efectos de los artículos 483 y siguientes del TRLC.

Procédase a notificar esta resolución al concursado, a la administraciónconcursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Pamplona/Iruña, 20 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA DANIEL DEL VALLE

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