Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona
Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31011
Provincia: Navarra
Correo electrónico: juzmerca@navarra.es
Concursal
Número: 180/2024
NIG: 3120147120240000711
Auto
Fecha: 18/11/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Todos los acreedores de la concursada y demás personas interesadas en el concurso
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE Pamplona/Iruña,
A N U N C I A
1º.- Que en el Concursal - Sección 1ª (General) número 0000180/2024 NIG 3120147120240000711 por auto de fecha 18 de noviembre del 2024 dictado en concurso del deudor OTANO SERVICIOS DE HOSTELERÍA, SL con C.I.F. B71400006, con domicilio en CALLE SAN NICOLAS/SAN NIKOLAS KALEA, 5, BAJO y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la citada localidad. La parte dispositiva del auto dice literalmente:
PARTE DISPOSITIVA
1. Se declara la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer de la solicitud de concurso presentada por la Procuradora Dª Rebeca Maza Alonso en nombre y representación de la mercantil OTANO SERVICIOS DE HOSTELERÍA, SOCIEDAD LIMITADA, con CIF B-71-400006 y domicilio en Pamplona, C/ San Nicolás, 5, bajo inscrita en el Registro Mercantil de Navarra al Tomo 1985; Folio: 30, HOJA NA39.564
2. Se declara el concurso de acreedores voluntario de OTANO SERVICIOS DE HOSTELERÍA, SOCIEDAD LIMITADA, con CIF B-71-400006 que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la sección 4ª "De la declaración de concurso sin masa", en el capítulo V "Del auto de declaración de concurso", del Título I "De la declaración de concurso" del Libro Primero "Del concurso de acreedores" del texto refundido de la Ley Concursal reformado por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.
3. El pasivo que resulta de la documentación aportada asciende a 816.600,47€.
4.- Siendo el solicitante sujeto inscribible en el Registro Mercantil, líbrese mandamiento al Registro Mercantil de la provincia de Navarra, donde figura inscrita la concursada, según se extrae de la documentación aportada, a fin que conforme a los arts. 36.2 y 557 TRLC, se proceda a la anotación en la hoja abierta a OTANO SERVICIOS DE HOSTELERÍA, SOCIEDAD LIMITADA, con CIF B-71-400006 y domicilio en Pamplona, C/ San Nicolás, 5, bajo inscrita en el Registro Mercantil de Navarra al Tomo 1985; Folio: 30, HOJA NA39.564, con indicación del órgano judicial que la ha dictado, el carácter de la resolución y la fecha de su dictado. Entréguense al Procurador del solicitante los mandamientos correspondientes para la práctica inmediata de los asientos acordados.
5. Remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), conforme dispone el artículo 37 ter del TRLC, para su publicación electrónica en el TEJU del BOE y en el Registro Público Concursal.
6. Notifíquese esta resolución por medios telemáticos, a la Hacienda Tributaria de Navarra, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y a la Tesorería General de la Seguridad Social (artículo 33.3 TRLC) y FOGASA.
7. Llámese al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 ter TRLC
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN para ante la Audiencia Provincial de Navarra que deberá presentarse por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de VEINTE DÍAS contados desde el siguiente a su notificación
Pamplona/Iruña, 20 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA DANIEL DEL VALLE
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