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Documento BOE-J-2024-649930

GRANADA. Edicto de 20 de noviembre de 2024 en procedimiento concursal número 271/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 284, de 25 de noviembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2024-649930

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958209026

Correo electrónico: jmercantil.2.granada.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 271/2024

NIG: 1808742120240005106

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/11/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Los acreedores de la concursada Dña. Angela Maria Roldan Leyva de auto de Conclusion y Epi

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Alicia Pilar Raya García

Que en el procedimiento concursal número 271/2024 en el que figura como concursada Dña. ANGEL MARIA ROLDAN LEYVA, , se ha dictado el 18/11/2024 auto que declara concluso el concurso y exoneracion del pasivo insatisfecho, y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.

Acordar la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de Dña. ANGELA MARIA ROLDAN LEYVA, por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa.

Contra esta resolución no cabe recurso (481 TRLC).

Se acuerda la exoneración de la totalidad de las deudas que conforman el pasivo insatisfecho de al deudora Dña. ANGELA MARIA ROLDAN LEYVA , en los términos del fundamento jurídico quinto de la presente resolución.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición (546 TRLC).

Se acuerda la publicación de la presente resolución en el Registro Público Concursal.

Líbrese el correspondiente mandamiento con el testimonio de esta resolución a los acreedores que constan en la solicitud de concurso, a los efectos del art. 492 ter TRLC.

Granada, 20 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA

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