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Documento BOE-J-2024-590983

PONTEVEDRA. Edicto de 25 de octubre de 2024 en procedimiento concursal número 134/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 262, de 30 de octubre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - PONTEVEDRA
Referencia:
BOE-J-2024-590983

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pontevedra

Dirección: Calle HORTAS S/N

Localidad: Pontevedra

Código Postal: 36004

Provincia: Pontevedra

Teléfono: 986805166

Correo electrónico: mercantil1.pontevedra@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 134/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 23/10/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de Peargal Center S.L.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Declarar finalizada la fase común del presenteprocedimiento concursal de la deudora PEARGAL CENTER SL.

2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quintaque se encabezará con testimonio de esta resolución.

3.- La situación del concursado durante la fase de liquidaciónserá la de suspensión del ejercicio de las facultades deadministración y disposición sobre su patrimonio, con todoslos efectos establecidos para ella en el título III de la Ley.

4.- La disolución de PEARGAL CENTER SL, así como el cese desus administradores o liquidadores, que serán sustituidos atodos los efectos por la administración concursal, sinperjuicio de que puedan continuar en representación de laconcursada en este procedimiento concursal y en los incidentesen los que sea parte.

5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase deliquidación, que se fijarán en el tablón judicial electrónicodel Boletín Oficial del Estado (TEJU) y en el Registro PúblicoConcursal

.6.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura dela fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo de DIEZ DIAS computados desde la notificación de esta resolución, comunique al Juzgado aquellas reglas especiales que considere necesarias para llevar a cabo la liquidación de la masa activa.

8.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

9.- Abrir la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con copia auténtica de este auto, y se incorporarán a ella copia auténtica de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación aportada por los deudores, del auto de declaración de concurso y del informe de la administración concursal con los documentos anejos.

Pontevedra, 25 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE LUIS GUTIERREZ MARTIN

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