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Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona
Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31011
Provincia: Navarra
Correo electrónico: juzmerca@navarra.es
Concursal
Número: 122/2023
NIG: 3120147120230000873
Auto
Fecha: 18/01/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Emplazamiento. Plazo: llamamiento acreedores que representen al menos el 5% pasivo por 15 días pueden solicitar nombramiento administrador concursal informe art.37ter TRLC
Acreedores e interesados en el concurso de IMAGINARTE ESTUDIO CREATIVO SL con cif B31658552
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
El juzgado de lo Mercantil num. 1 de Pamplona/Iruña
ANUNCIA
Que en el procedimiento concursal número 0000122/2023, NIG 3120147120230000873, referente al concursado IMAGINARTE ESTUDIO CREATIVO SL con CIF B31658552 y domicilio social en Cordovilla-Cendea de Galar-Navarra, Parque Comercial Galaria, calle U, num. 3, local 2.4, edificio Jusa.Galaria, presentada la solicitud por la Procuradora DÑA. ANDREA LEACHE LOPEZ en su nombre y representación en fecha 29 de noviembre de 2023 y fecha de reparto el 30 de noviembre de 2023, por Auto de fecha 18 de enero de 2024 se ha acordado su declaración de concurso voluntario que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la Sección 4ª De la declaración de concurso sin masa en el Capítulo V Del auto de declaración de concurso del Título I De la Declaración de concurso del Libro I Del concurso de acreedores del texto refundido de la Ley Concursal reformado por Ley 16/2022, de 5 de septiembre, cuya parte dispositiva dice asi:
PARTE DISPOSITIVA
1. Se declara la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer de la solicitud de concurso presentada por la Procuradora DÑA. ANDREA LEACHE LOPEZ, en nombre y representación del deudor IMAGINARTE ESTUDIO CREATIVO SL con CIF B31658552.
2. Se declara el concurso de acreedores voluntario de IMAGINARTE ESTUDIO CREATIVO SL con CIF B31658552, que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la Sección 4ª “De la declaración de concurso sin masa”, en el capítulo V “Del auto de declaración de concurso”, del Título I “De la declaración de concurso” del Libro I “Del concurso de acreedores” del TRLC.
3. El pasivo que resulta de la documentación aportada asciende a 88.840,11 euros.
4. Remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), conforme dispone el artículo 37 ter del TRLC, para su publicación electrónica en el TEJU del BOE y en el Registro Público Concursal.
5. Procédase a la anotación en el Registro Mercantil de Navarra, al Tomo 682, Folio 183, Hoja NA-14124, la declaración de concurso, con indicación del órgano judicial que la ha dictado, el carácter de la resolución y la fecha de su dictado conforme al artículo 36 TRLC y 557 TRLC, y una vez firme se procederá a su inscripción.
6. Notifíquese esta resolución por medios telemáticos, a la Hacienda Tributaria de Navarra, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social. (artículo 33.3 TRLC)
7. Llámese al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 ter TRLC.
MODO DE IMPUGNACION.- Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado (art. 546 del texto refundido de la Ley Concursal reformado por Ley 16/2022, de 5 de septiembre), no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn).
En Pamplona/Iruña, a 18 de enero del 2024
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Pamplona/Iruña, 31 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA DANIEL DEL VALLE
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