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Documento BOE-J-2024-57121

GRANADA. Edicto de 31 de enero de 2024 en procedimiento concursal número 266/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2024-57121

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958209026

Correo electrónico: jmercantil.2.granada.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 266/2021

NIG: 1808742120210024755

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 26/01/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Ignorados acreedores de Abedules de Benalmadena S.L.U.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

El Juzgado de lo Mercantil nº2 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 552. 553 y 554 del Texto Refundido de la Ley Concursal,

A N U N C I A

Que en el procedimiento de Concurso Voluntario nº 266/2021, con NIG 1808742120210024755, se ha dictado auto de fecha 25/01/2024 Auto, en cuya parte dispositiva se contiene literalmente los siguientes extremos:

ACUERDO LA CONCLUSIÓN del concurso voluntario de acreedores de deudor ABEDULES DE BENALMADENA S.L.U. con CIF B-19671320, y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, ordeno el cierre provisional de la hoja abierta a la sociedad ABEDULES DE BENALMADENA S.L.U., en el Registro Mercantil. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, con expresión de su firmeza, a tales efectos. Transcurrido un año a contar desde hoy sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja .

De conformidad a ello:

Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.

Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.

Contra esta resolución, que no es firme, cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de 5 días desde su notificación y ante este Juzgado.

2.- Por el presente edicto se da la publicidad acordada en la parte dispositiva de dicha resolución en los Registros Publicos que en la misma se contienen.

Granada, 31 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA

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