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Documento BOE-J-2024-56974

ELCHE/ELX. Edicto de 31 de enero de 2024 en procedimiento concursal número 686/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2024-56974

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Alicante

Dirección: Calle ABOGADOS DE ATOCHA 21

Localidad: Elche/Elx

Código Postal: 03203

Provincia: Alicante/Alacant

Correo electrónico: alme03_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 686/2023

NIG: 0306566120230000475

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 29/01/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados concurso Magicmetal,s.l

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O- T E J U -

D/DÑA. JORGE CUELLAR OTÓN, Letrado de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente HAGO SABER:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000686/2023 siendo la concursada MAGICMETAL S.L. con CIF nº B54832522, en el que se ha dictado AUTO de fecha 29/01/2024, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:

1.- Se DECLARA CONCLUIDO el CONCURSO DE ACREEDORES de la mercantil MAGICMETAL S.L., y, por ende, el archivo de las actuaciones, pudiendo los acreedores iniciar sus acciones individuales contra la misma.

2. Se ordena el cierre provisional de la hoja abierta a la persona jurídica mencionada en el registro público en el que figura inscrita; y siendo firme la presente resolución, el Letrado de la Administración de Justicia deberá expedir mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de su firmeza, que habrá remitir por medios electrónicos al registro correspondiente.

Transcurrido un año a contar desde que se hubiera ordenado por el juez el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja.

3. Anúnciese por edictos en el tablón edictal judicial único, y comuníquese a los juzgados a los que se haya notificado la declaración del concurso. Publíquese así mismo en el Registro Público Concursal.

En Elche a treinta de enero de dos mil veinticuatro.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Elche/Elx, 31 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JORGE CUELLAR OTON

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