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Documento BOE-J-2024-516332

COLMENAR VIEJO. Edicto de 24 de septiembre de 2024 en procedimiento civil número 51/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 234, de 27 de septiembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-516332

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 6 de Colmenar Viejo

Dirección: Calle PADRE CLARET 13

Localidad: Colmenar Viejo

Código Postal: 28770

Provincia: Madrid

Teléfono: 918474492

Correo electrónico: colmenarviejo.j6@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 51/2024

NIG: 2804500220240002118

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 06/05/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

MICHAEL SALAS POZO - NIF/NIE: ***0123**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Acuerdo:- Expedir mandamiento al Registro de la Propiedad de nº 1 de Colmenar Viejo paraque remita certificación literal relativa al bien:Nº 28.840 inscrita en el Registro de la Propiedad nº 1 de Colmenar Viejo.FINCA URBANA en Colmenar Viejo, que forma parte del edificio númerocuarenta y nueve de la calle Cruz de San Francisco, hoy número sesenta y uno. -Número tres o piso bajo letra A, que se halla situado en la planta baja, a la izquierdadel portal y ocupa una superficie construida aproximada de sesenta y siete metroscuadrados.- Consta de recibidor, comedor estar, cocina, tres dormitorios y cuarto debaño y linda al frente con el portal y arranque de la escalera, por donde tiene suentrada y piso bajo B, derecha entrando con el piso bajo B, izquierda, con el portal yfondo, con la calle Cruz de San Francisco.- REFERENCIA CATASTRAL4816701VL3041N0002MO.INSCRIPCION. - Inscrita en el Registro de la Propiedad nº 1 de ColmenarViejo, al Tomo 1.081, Folio 184, Libro 690, Inscripción 6ª.1º. La titularidad del dominio y demás derechos reales del bien o derecho gravado.2º. Los derechos de cualquier naturaleza que existan sobre el bien registrableejecutado, en especial, relación completa de las cargas inscritas que lo graven o, en su caso,que se halla libre de cargas.3º. Si la hipoteca en favor del ejecutante se halla subsistente y sin cancelar o, en sucaso, la cancelación o modificaciones que aparecieren en el Registro.4º. Practicar las comunicaciones previstas en el Art. 659 de la L.E.C., incluso aquienes figuren como titulares de derechos en asientos de presentación (STC. 6/2008 de 21de enero).- Requerir de pago al ejecutado/s D./Dña. MICHAEL SALAS POZO, D./Dña.VIRGINIA SOLARES PÉREZ y D./Dña. IVAN CAPILLA MARTÍNEZ por la cantidadreclamada en concepto de principal e intereses devengados en la presente ejecución y queconstan en el auto de orden de ejecución, requerimiento que se verificará junto con lanotificación de la presente resolución en el domicilio que resulte vigente en el Registroconforme lo previsto en el Art. 686.2 de la L.E.C., y con el apercibimiento de que si no 1oefectúa en e1 plazo de VEINTE DIAS se continuará con la ejecución adelante.Requiérase a la parte ejecutada para que en el plazo de diez días hábiles procesalespresente los títulos de propiedad de que disponga, si el bien está inscrito en el Registro, enlos términos previstos en el artículo 663 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.Instrúyase a la parte ejecutada de que podrá oponerse por escrito a la presenteejecución en el plazo de diez días por las causas contempladas en el art. 695 modificado porla Ley 1/2013 de 14 de mayo y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Colmenar Viejo, 24 de septiembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA TERESA PEREZ ABAD

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