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Documento BOE-J-2024-516331

COLMENAR VIEJO. Edicto de 24 de septiembre de 2024 en procedimiento civil número 51/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 234, de 27 de septiembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-516331

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 6 de Colmenar Viejo

Dirección: Calle PADRE CLARET 13

Localidad: Colmenar Viejo

Código Postal: 28770

Provincia: Madrid

Teléfono: 918474492

Correo electrónico: colmenarviejo.j6@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 51/2024

NIG: 2804500220240002118

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 06/05/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

MICHAEL SALAS POZO - NIF/NIE: ***0123**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Acuerdo:1.-Ordenar que se ejecute el título de escritura de préstamo hipotecario autorizadapor D. ENRIQUE JOSE RODRIGUEZ CANTIVIELA, Notario del Ilustre Colegio deMadrid, el día 28/05/2015, número de protocolo 656. Quedando respondiendo la fincaregistral 28.840 inscrita en el Registro de la Propiedad nº 1 de Colmenar Viejo.2.-Se tiene por personado y parte a BANCO SANTANDER SA representada por elProcurador D./Dña. RAMON RODRIGUEZ NOGUEIRA con quien se entenderán éste ysucesivos proveídos frente a D./Dña. MICHAEL SALAS POZO, D./Dña. VIRGINIASOLARES PÉREZ y D./Dña. IVAN CAPILLA MARTÍNEZ, parte ejecutada, acordándosedespachar ejecución por importe de 113.430,80 euros en concepto de principal e interesesdevengados hasta la fecha de la liquidación de la deuda, más los intereses que a los tipospactados se devenguen hasta que se practique la liquidación definitiva, así como las costasde este procedimiento de este procedimiento que deberán ser satisfechas por el demandado yque en este momentos se cifran en 34.029,24 euros.3.-Requerir a los ejecutados antes expresados a fin de que se efectúe el pago de lascantidades reclamadas por principal e intereses arriba indicados.El presente auto, junto con el decreto que dictará el Letrado/a de la Admón. deJusticia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parteejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, sin citación ni emplazamiento, paraque en cualquier momento pueda personarse en la ejecución.Se informa que para intervenir en el presente procedimiento, cualquier parte deberáestar asistida de Letrado y representada por Procurador, pudiendo solicitar dicha asistenciajurídica, según los art. 2 y 3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero de Asistencia Jurídica Gratuita,en el Colegio de Abogados de la localidad donde radique el Juzgado que corresponda.Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutadapueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el apartado 1 del art.695 de la LEC, en el plazo de 10 días desde la notificación de la presente resolución y deltraslado de copia de la demanda y de los documentos que la acompañan.Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.EL/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia

Colmenar Viejo, 24 de septiembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA TERESA PEREZ ABAD

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