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Documento BOE-J-2024-515054

MADRID. Edicto de 24 de septiembre de 2024 en procedimiento concursal número 245/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 234, de 27 de septiembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-515054

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930562

Correo electrónico: mercantil4@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 245/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 19/09/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

El Taller de Almaire B88025838

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 4 DE MADRID ANUNCIA:

En este Juzgado se siguen autos de Procedimiento especial de microempresas Nº245/2024 de TALLER DE ALMAIRE S.L. CIF B88025838, en el que en fecha 19 de septiembre de 2024 se ha dictado auto con los siguientes pronunciamientos

1.- CONCLUIR el procedimiento especial de microempresas de la mercantil, ELTALLER DE ALMAIRE S.L. CIF B88025838, POR INSUFICIENCIA DE MASAACTIVA, cesando todos los efectos de la apertura del procedimiento, sin perjuicio de su posible reapertura.

2. La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad instante y el cierre provisionalde la hoja registral que tenga abierta en el Registro Público en el que figure inscrita.

3. Transcurrido un año a partir de esta resolución sin que se haya ordenado la reaperturadel concurso, procédase por el registrador a la cancelación de la inscripción de lapersona jurídica, con cierre definitivo de la hoja.

4. Notifíquese esta resolución a la concursada y a todas las partes personadas en elprocedimiento.

5. Publíquese en el Registro Público Concursal y, por medio de edicto, en el «BoletínOficial del Estado» (art. 482 TRLC).

6. Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil para que proceda a lacancelación de la inscripción de los asientos correspondientes a la declaración del concurso y la hoja registral de la sociedad. Asimismo, el Registrador Mercantil deberá comunicar al resto de registros públicos en los que la concursada tenga inscritos bienesy derechos, la presente conclusión a los efectos oportunos.

7. Insértese testimonio de esta resolución en los autos principales y llévese el original alLibro correspondiente.

8. Procédase al archivo de las actuaciones.Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Madrid, 24 de septiembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS RODRIGUEZ FERNANDEZ

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