Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Valencia
Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1
Localidad: València
Código Postal: 46013
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961927207
Correo electrónico: delolmo_mjo@gva.es
Concursal
Número: 535/2024
Auto
Fecha: 03/07/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 1 mes
Acreedores e interesados del concurso de Valentin Acosta Mateu.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTODña. Mª JOSÉ ROIG SAPIÑA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de VALENCIA, de conformidad con lo previsto en los artículos 35, 36 y 37 del TRLC (antes 21 y 23 de la Ley Concursal) , por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y HAGO SABER:Que en este Juzgado se tramitan autos de CONCURSO ORDINARIO [CNO] VOLUNTARIO nº 000535/2024, NIG: 46250-66-1-2024-0002788 habiéndose dictado en fecha tres de julio de dos mil veinticuatro por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez JACINTO TALENS SEGUÍ auto de declaración de concurso de acreedores de VALENTIN ACOSTA MATEU con NIF nº 25409470J, inscrito en el Registro Civil de Valencia.Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración del concursado que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administradora concursal a Dª Mª JOSE ARLANDIS COLLADO con domicilio en la Calle Colón, nº 1-planta 7ª de Valencia, y correo electrónico mjarlandis@icav.es. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de UN MES desde la publicación acordada en el BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 255 del TRLC (antes art. 85 de la Ley Concursal). Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador, siendo la direccón electrónica del Registro Público Concursal https://www.publicidadconcursal.es/concursalweb/afectado/buscar, en el que se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso.En Valencia, a tres de julio de dos mil veinticuatro.LETRADA DE LA ADMON. DE JUSTICIA
València, 17 de septiembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE ROIG SAPIÑA
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid