Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Toledo
Dirección: Calle MARQUES DE MENDIGORRIA 2
Localidad: Toledo
Código Postal: 45071
Provincia: Toledo
Concursal
Número: 453/2023
NIG: 4516847120230000441
Auto
Fecha: 24/01/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
D. ALFONSO JOSE MORENO MORENO, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. DE LO MERCANTIL de TOLEDO, por el presente,
HAGO SABER:
Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 453/2023 y NIG nº 45168 47 1 2023 0000441, se ha dictado en fecha 24 de enero de 2024 Auto de declaración de concurso del deudor DANIEL CARPIO UZQUIANO, con D.N.I. núm. XX.XXX.931-S, y domicilio en Talavera de la Reina (Toledo), en el que se ha acordado lo siguiente:
Declaro a DON DANIEL CARPIO UZQUIANO en concurso voluntario de acreedores, sin pronunciamiento adicional alguno.
De la documentación aportada se desprende que el pasivo total es de 39.370,48 euros.
Se confiere un plazo de quince días a los acreedores, a contar desde la publicación del edicto en el Registro Público Concursal, a fin de que, al menos, los que representen el cinco por ciento del pasivo, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el artículo 37 ter del TRLC.
Publicidad: Esta resolución se publicará en el Registro Público Concursal (RPC) y en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) y, a tal efecto, se remitirán los correspondientes edictos con las menciones indispensables que establece el art. 35.1 TRLC. La inserción del edicto en el TEJU será gratuita y será remitido por vía telemática desde este Órgano.Para el caso de que el deudor fuera empleador notifíquese este auto a la representación legal de las personas trabajadoras (artículo 37 ter 3 TRLC)
Llamamiento a los acreedores: El acreedor o los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo podrán, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación de ese edicto, solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado relativo al art. 37 ter.
Asimismo, esta resolución se pone en conocimiento de la AGENCIA TRIBUTARIA, de la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y de la AGENCIA TRIBUTARIA, a los efectos del artículo 142 TRLC, y del FONDO DE GARANTIA SALARIAL, a los efectos del artículo 514 TRLC.
Comunicación a los Órganos Judiciales: Acuérdese remitir oficio al Servicio Común de Registro y Reparto de Toledo, al objeto de que se comunique a los Órganos judiciales de 1ª Instancia y a los de Social, la declaración de este concurso con el fin de que se abstengan de conocer de los procedimientos que puedan interponerse contra el concursado y para que suspendan las ejecuciones singulares en trámite, sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda a los respectivos créditos. Y, verificado, comuniquen a este Órgano haberlo verificado, o, en otro caso, expongan las razones para no hacerlo.
Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es
Toledo, 26 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALFONSO JOSE MORENO MORENO
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