Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Toledo
Dirección: Calle MARQUES DE MENDIGORRIA 2
Localidad: Toledo
Código Postal: 45071
Provincia: Toledo
Concursal
Número: 229/2023
Auto
Fecha: 13/12/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
"concurso Francisco Javier Perez Ferreira"
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
D. ARTURO GARCIA DEL CASTILLO, LETRADO DE LA ADMINISTRACION DEJUSTICIA DEL JUZGADO 1ª INST.E INSTRUCCION N.1 Y DE LOMERCANTIL DE TOLEDO,ANUNCIA
Que en este órgano judicial se tramita SECCION I DECLARACIONCONCURSO 0000229 /2023 referente al deudor FRANCISCO JAVIER
PEREZ FERREIRA en los que por auto de fecha 13/12/2023 se ha acordado lo siguiente:
1.- Se ha declarado finalizada la fase común del presenteprocedimiento concursal del deudor FRANCISCO JAVIER PEREZFERREIRA.
2. Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quintaque se encabezará con testimonio de esta resolución.
3.- Durante la fase de liquidación la situación del concursadoserá la de suspensión del ejercicio de las facultades deadministración y disposición sobre la masa activa, con todoslos efectos establecidos para ella en el título III del libroI del TRLC.
5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase deliquidación, que se fijarán en el tablón de edictos judicialdel Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.
6.- Firme que sea la presente, inscribir en los Registroscorrespondientes la apertura de la fase de liquidación,librándose los oportunos mandamientos.
7.- Requerir a la administración concursal para que proceda arealización de los bienes y derechos de la masa activa delmodo más conveniente para el interés del concurso, sin máslimitaciones que las establecidas en los artículos siguientesy en el capítulo III del título IV del libro primero conformea lo preceptuado en el art. 421 TRLC, al tenor de la nuevaredacción conferida por la Ley 16/2022 de 5 de septiembre.
8.- Formar la sección sexta de calificación del concurso, quese encabezará con copia auténtica de esta resolución, eincorporándose a ella copia auténtica de la solicitud dedeclaración de concurso, de la documentación aportada por eldeudor, del auto de declaración de concurso y del informe dela administración concursal con los documentos anejos.En aplicación de los artículos 447 y 448 del TRLC, en suredacción dada por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre,habiendo transcurrido el plazo para la comunicación decréditos, y habiendo sido ya presentado por el administradorconcursal el inventario de bienes y la lista de acreedoresprovisionales, requiérase al administrador concursal a fin deque, en QUINCE DIAS, presente informe razonado y documentadosobre los hechos relevantes para la calificación del concurso,y requiérase, en el mismo plazo, a los acreedores para quepuedan presentar alegaciones sobre la calificación delconcurso como culpable.
9.-El vencimiento anticipado de los créditos concursalesaplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistanen otras prestaciones.
Toledo, 26 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALFONSO JOSE MORENO MORENO
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