Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Lugo
Dirección: Calle ARMANDO DURÁN S/N
Localidad: Lugo
Código Postal: 27002
Provincia: Lugo
Teléfono: 982294700
Civil
Número: 571/2023
NIG: 2702842120230002781
Sentencia
Fecha: 01/12/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
DANIEL PRADAS CHACON - NIF/NIE: ***2765**
ASSEMBLY AREA SL - Nº ****8096*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 2LUGOSENTENCIA: 00410/2023ARMANDO DURAN S/NTeléfono: 982-294701/02, Fax: ..Correo electrónico: ..Equipo/usuario: NGModelo: 0030K0N.I.G.: 27028 42 1 2023 0002781ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000571 /2023Procedimiento origen: /Sobre RECLAMACION DE CANTIDADDEMANDANTE D/ña. CAFES CANDELAS SLProcurador/a Sr/a. JOSE CARLOS LAGÜELA ANDRADEAbogado/a Sr/a. MIGUEL RIVERA RODRIGUEZD/ña. ASSEMBLY AREA SL, DANIEL PRADAS CHACONProcurador/a Sr/a. ,Abogado/a Sr/a. ,SENTENCIALugo, 1 de diciembre de 2023Vistos por Noemí González Camba, Magistrada-Juez delJuzgado de Primera Instancia núm. 2 y Mercantil de Lugo, losautos de Juicio Ordinario registrados con el número 571/23sobre reclamación de cantidad y resolución contractualpromovidos por CAFÉS CANDELAS, S.L. representada por elProcurador José Carlos Lagüela Andrade y asistida por elLetrado Miguel Rivera Rodríguez; frente a ASSEMBLY AREA, S.L.y DANIEL PRADAS CHACÓN, en situación de rebeldía procesal,dicta la presente resolución.,FALLOSe ESTIMA la demanda interpuesta por la representaciónprocesal de CAFÉS CANDELAS, S.L. frente a ASSEMBLY AREA, S.L.Y DANIEL PRADAS CHACÓN con los siguientes pronunciamientos:I. Se DECLARA la resolución del contrato de suministrosuscrito por CAFÉS CANDELAS S.L. y los demandados el 12de abril de 2022 por incumplimiento contractual y SECONDENA solidariamente a los demandados a pagar a laactora, en concepto de indemnización para elresarcimiento de los perjuicios irrogados por elreferido incumplimiento, la cantidad de DIECINUEVE MILNOVECIENTOS EUROS (19.900,00 euros), más los intereseslegales que se devenguen desde la interposición de lademanda y hasta el dictado de esta sentencia a partirde la que se devengará el interés del artículo 576 LEC.II. Se condena a los demandados al pago de las costascausadas en esta instancia.Esta sentencia no es firme. Contra la misma cabeinterponer recurso de apelación dentro de los veinte díassiguientes a su notificación mediante escrito a presentar anteeste mismo Juzgado. Indíquese al recurrente que no se admitiráa trámite el recurso si al interponerlo no acreditanCVE-: pgzoRki5X2Verificación: https://sede.xustiza.gal/cvedocumentalmente la constitución del depósito de 50€ exigidopor la disposición adicional décimo quinta de la LOPJ, asícomo la liquidación de la tasa judicial.Así por esta sentencia, de la que se expedirá testimoniopara su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
Lugo, 26 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, FRANCISCO JULIAN HINOJAL GIJON
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